Revés judicial para un implicado en la causa de abusos de la UNCuyo
La Suprema Corte de Justicia de Mendoza se encamina a resolver una demanda presentada por uno de los implicados en la causa de abusos sexuales contra el ex profesor de la Universidad Nacional de Cuyo (UNCuyo), Mauro Aguirre. Se trata de Leandro Fontán Blanch, imputado como partícipe primario en esos delitos, quien acudió ante el máximo tribunal provincial para reclamar contra la Dirección General de Escuelas (DGE) por haberlo suspendido como docente de un CENS tras su imputación. En este sentido, el Ministerio Público Fiscal anticipó lo que puede ser un resultado adverso para el demandante.
Te Podría Interesar
La Sala Segunda del alto tribunal provincial llamó este martes al acuerdo de sus integrantes Omar Palermo, Mario Adaro y José Valerio para dictar sentencia respecto de la acción procesal administrativa interpuesta por Fontán Blanch contra una resolución de la DGE del 2019 por el que se le dieron de bajas las horas cátedras que tenía en un CENS y se lo suspendió.
Pero antes de conocer la resolución final el Ministerio Público Fiscal emitió un dictamen al respecto y recomendó desestimar la demanda.
Leandro Fontán Blanch, Mario Codoni y Lucía Fernández fueron imputados en 2019 como partícipes primarios en la causa que investiga los supuestos abusos sexuales que habría cometido el ex docente de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNCuyo, Mauro Aguirre. Los tres militantes de la Agrupación Universitaria Nacional (AUN) habían sido señalados por algunas denunciantes como facilitadores de las reuniones en los que el profesor habría cometido los delitos sobre alumnas de la casa de altos estudios.
Luego de confirmarse la imputación fueron desvinculados de sus trabajos, algunos de los cuales eran dar clases como docentes. En tanto, Aguirre fue echado de la universidad y se encuentra detenido a la espera del juicio en su contra.
Por este motivo, Fontán Blanch acudió ante la Suprema Corte para denunciar a la DGE por haber incurrido en una “arbitrariedad”. Afirma que la resolución mediante la cual se lo apartó carece de una fundamentación y viola garantías constitucionales. Indica que el Director General de Escuelas no requirió informe negativo de los directores el establecimiento en los que trabajó como profesor para saber si realmente había incumplido o no los deberes propios de la función o cargo.
Indica que se le dio de baja de sus horas cátedras suplentes, se lo suspendió y se le abrió un sumario sin señalar un hecho capaz de ser sancionado y remarca que ha existido una “violación al derecho de defensa”.
La DGE desestimo estos planteos y alegó que el demandante “se encuentra imputado por ser partícipe primario de varios hechos de abuso sexual ocurridos dentro del ámbito de la Universidad Nacional de Cuyo, hecho que fue público y notorio”. Agrega que el apartamiento preventivo del cargo y del contacto con alumnos, resultó “una medida acertada hasta tanto se defina su situación penal y debe resguardarse la protección de los alumnos a los cuales impartía clases”.
En este sentido, el Ministerio Público Fiscal consideró que los argumentos expuestos por el accionante no avalan su pretensión y determinó que el derecho de defensa ha sido respetado.
Subraya que “no se advierte irregularidad ninguna en el procedimiento, habiéndose respetado el derecho de defensa del ocurrente” por lo que entiendo que no se han violentado los derechos constitucionales.
En conclusión, dictaminó que correspondería que la Sala Segunda de la Corte desestime la demanda. Si bien esta recomendación del Ministerio Público no es vinculante, tiene un peso importante en la decisión final que adopten los tres jueces.


