Corrupción

Procesaron a Carlos Santiago Kirchner, el primo de Néstor Kirchner, por enriquecimiento ilícito

El magistrado también procesó a su esposa Cecilia Saade y dictó falta de mérito para su hijo.

Lourdes Marchese
Lourdes Marchese lunes, 28 de marzo de 2022 · 20:48 hs
Procesaron a Carlos Santiago Kirchner, el primo de Néstor Kirchner, por enriquecimiento ilícito

El juez federal Julián Ercolini dictó el procesamiento de Carlos Kirchner, primo del fallecido expresidente Néstor Kirchner, por enriquecimiento ilícito. Además le dictó un embargo de 25.500.000 de pesos. En tanto, a su esposa también procesada, la embargó en $7.000.000. A ambos se le decretó la inhibición general de bienes.

El magistrado determinó que el ex funcionario público no pudo justificar su aumento patrimonial durante la función pública. "Se encuentra acreditado que Carlos Santiago Kirchner habría incrementado su patrimonio de manera apreciable e injustificada entre el día 28 de julio del año 2005 y el día 9 de diciembre del año 2015, período en el cual ejerció la función pública como Subsecretario de Coordinación de Obra Pública Federal", sostuvo en su resolución.

Si bien en el mes de febrero el exfuncionario intentó justificar su riqueza durante la indagatoria que se llevó adelante por videoconferencia frente al juez y al fiscal, no fue suficiente. El monto al que arribó la justicia fue de $12.606.848,65, equivalentes a U$D $2.242.231,47. Según refiere “el  aumento carecería de sustento, en virtud de que -en algunos períodos- la resultante obtenida a partir de sus ingresos netos declarados y/o debidamente registrados y sus gastos declarados y/o debidamente registrados, arrojaría resultados negativos”. 

En otros períodos, si bien dicho cálculo arrojaría resultados positivos, los movimientos realizados no permitirían justificar los saldos existentes en los productos bancarios registrados bajo su titularidad, ni las constituciones de plazos fijos. Para ello, “habría contado con la colaboración de Cecilia Catalina Saade y de personas jurídicas radicadas en el país y en el exterior, puntualmente K-SANC SA y K-JORO REAL ESTATE INVESTMENTS LLC -conformadas en parte por los precedentemente nombrados-“.

En el mismo sentido, “se encuentra acreditado que la nombrada habría asistido en este período a Kirchner a incrementar y disimular su patrimonio de manera injustificada mediante la realización de diversas operaciones comerciales tales como la adquisición de bienes muebles, inmuebles y de divisa extranjera, para lo cual habría actuado como persona interpuesta”.

Del mismo modo, a través de las sociedades K-JORO REAL ESTATE INVESTMENTS LLC y K-SANC SA se habría materializado la adquisición de bienes muebles e inmuebles. En el caso de la primera, un departamento en la ciudad de Miami, Florida, Estados Unidos por el que se abonó USD 625.000 y para la segunda ocho propiedades, una cochera, cuatro vehículos, lo que habría implicado un gasto total de $8.513.036,78 (equivalentes a USD 1.628.224,68), como así también la compra de moneda extranjera y la constitución de plazos fijos.

Al referirse a la mujer del ex funcionario como persona interpuesta (testaferro), el juez Ercolini entendió “que la nombrada ha prestado una colaboración fundamental en el enriquecimiento atribuido al nombrado Kirchner, ya que habría actuado como persona interpuesta para disimular el aumento patrimonial desmedido de aquel”.

En ese sentido el magistrado remarcó en su resolución de 130 páginas que la imputada no declaró ingresos a título personal durante el período en cuestión y en las ocasiones que lo realizó lo hizo por montos considerablemente menores a los gastos que registró.

A modo de ejemplo pueden mencionarse las fluctuaciones detectadas en los años 2015 a 2017. En el primero, no declaró ingresos ante la AFIP, pero sí declaró gastos por $29.959,06, mientras que en el año 2016 declaró ingresos por $108.000 y gastos por $135.795,69, y en el 2017 declaró ingresos por $94.715,96 y gastos por $54.740,96.

La resultante obtenida a partir de esos montos arroja resultados negativos que permiten tener por acreditado la falta de justificación de los incrementos detectados, puesto que no se apoyan en los ingresos debidamente registrados y acreditados en autos.

Recordemos que la causa se inició En 2017, tras una denuncia de la Unidad de información financiera (UIF) donde sostenía que Carlos Kirchner ocultó parte de su patrimonio, “junto con la participación de su grupo familiar primario mediante la constitución de una sociedad, a la que ha dotado de activos por sumas siderales”.

La decisión del magistrado será apelada por los procesados cuya defensa recae en cabeza de Mariano Fragueiro Frías.

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