Rechazo

Nuevo revés para Cristina Fernández de Kirchner en la causa Cuadernos

Por mayoría, la sala 1 de la Cámara Federal de Casación rechazó una queja de la expresidenta contra su procesamiento.

Lourdes Marchese
Lourdes Marchese miércoles, 16 de febrero de 2022 · 12:30 hs
Nuevo revés para Cristina Fernández de Kirchner en la causa Cuadernos
Foto: EFE

La sala 1 de la Cámara Federal de Casación Penal, con los votos mayoritarios de Diego Barroetaveña y Daniel Petrone, y la disidencia de Ana María Figueroa, rechazó la queja presentada por la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner en el marco de la causa Cuadernos, y ratificó el procesamiento en torno al delito de asociación ilícita y por haber participado de 27 hechos de sobornos. La vicepresidenta también pidió nulidades y objetaba el embargo dictado sobre sus bienes por 1.500.000.000 pesos que habían sido rechazadas.

En su voto, el juez Barroetaveña aludió a que la “presentación directa en estudio no habrá de prosperar en la medida en que la resolución recurrida no supera el límite de impugnación objetivo previsto por el artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación (CPPN), ya que no se trata de una sentencia definitiva ni de un auto que ponga fin a la acción, a la pena, o haga imposible que continúen las actuaciones, o de aquellos que deniegan la extinción, conmutación o suspensión de la pena”.

Además, el magistrado entendió que la impugnación intentada sólo revela “una disconformidad con la desestimación dispuesta, que no es suficiente para configurar un supuesto de arbitrariedad o cuestión federal que autorice la apertura de esta instancia casatoria”.

El caso Cuadernos fue elevado a juicio oral el 20 de septiembre de 2019, después de que la Cámara Federal porteña confirmó las acusaciones atribuidas a Cristina Kirchner y a más de un centenar de acusados.

Por su parte, el juez Daniel Petrone adhirió a su par Barroetaveña y señaló: “A mi modo de ver, la parte recurrente no logra refutar de forma adecuada en su presentación directa la ausencia del presupuesto objetivo de admisibilidad que se advierte como objeción al recurso de casación intentado”.

En disidencia votó Ana María Figueroa y dijo que “si bien la decisión recurrida no constituye una resolución definitiva en sentido estricto, desde que no pone fin al pleito, ni hace imposible la prosecución ulterior, en casos excepcionales resulta equiparable a tal, en tanto ocasiona un grave daño de imposible o tardía reparación ulterior que requiere tutela judicial inmediata, conforme jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.

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