Luz verde del Procurador para que Suarez sea candidato a senador
Faltan menos de dos semanas para las elecciones primerias y Rodolfo Suarez está más cerca de ser "innegablemente" candidato a senador suplente. En realidad lo es, pero la Corte Suprema aún debe resolver si acepta o no la última instancia de reclamo para vedar esa postulación. Hoy el procurador Eduardo Casal le dio una buena noticia: dictaminó que su candidatura es legítima y sugiere confirmar la sentencia de la Cámara Nacional Electoral y del juez Walter Bento, es decir las dos instancias previas.
Para Casal es la Constitución Nacional la que pone los requisitos para ser senador y no puede una norma provincial condicionar una disposición de orden federal. Suarez es precandidato a senador suplente. La Constitución de Mendoza prohíbe en su artículo 115 que el Gobernador sea senador. Pero esa cláusula, que data de 1916, para muchos no está en vigencia. Desde el frente Vamos Mendocinos impugnaron la candidatura ante la justicia, asegurando que, justamente, la Carta Magna provincia lo prohíbe. Luego de un enredado recorrido, primero el juez Walter Bento y, después, la Cámara Nacional Electoral, rechazaron ese pedido. La Corte Suprema es la última instancia. Ese tribunal podría fallar esta semana.
El dictamen del Procurador no es vinculante, pero sí puede ser influyente. Casal está en el cargo de manera interina desde que renunció Alejandra Gils Carbó, durante la presidencia de Mauricio Macri. El oficialismo lo ha cuestionado, pero no responde a ningún sector en particular. La Corte tampoco y por eso, incluso, la decisión generaba incertidumbre por la falta de operadores políticos vinculados a ambos. La duda que aún tienen en el oficialismo es el peso que pueden tener los argumentos del camarista que votó en disidencia y pidió anular la candidatura de Suarez, a quien ve como un "candidato testimonial". Por ahora, el Gobernador tiene luz verde.
"Ni el artículo 55 de la Constitución Nacional, ni los artículos 60 y 60 bis del Código Electoral Nacional contemplan la posibilidad de que las normas provinciales establezcan condiciones adicionales para ser senador nacional, o precandidato o candidato a ese cargo, o inhabilidades o incompatibilidades no previstas en la legislación nacional, sea de rango constitucional o legal", indica el Procurador, que indica que las máximas de esas normas son de "carácter taxativo, sin dejar margen para que las provincias fijen otros requisitos o supuestos de inhabilitación o incompatibilidad".
Para él, al igual que para la Cámara, no hay ninguna norma nacional que restrinja el acceso a la candidatura y tampoco hay incompatibilidad. "Considero que la supremacía de la Constitución Nacional y de las leyes nacionales dictadas en su consecuencia (art. 31 de la Ley Fundamental) conlleva que lo dispuesto por el artículo 115 –último párrafo– de la Constitución de la provincia de Mendoza, jerárquicamente inferior a aquéllas, resulte inoponible a la precandidatura a senador nacional del gobernador de esa provincia, en tanto ni la Constitución Nacional ni las leyes nacionales impiden que se postule a dicho cargo por el hecho de ostentar actualmente la titularidad del Poder Ejecutivo provincial", dice el dictamen. "Por todo lo expuesto, opino que corresponde declarar formalmente admisible el recurso extraordinario interpuesto y confirmar la sentencia apelada", determina Casal.