Elecciones 2021

El verdadero efecto que puede tener el voto en blanco en las elecciones PASO

Los diferentes partidos políticos y frentes electorales aseguran que el ciudadano está con mucha apatía y bronca frente a estas elecciones. En la votación de Salta, el voto en blanco fue el gran protagonista ocupando el tercer lugar.

Nimsi Franciscangeli viernes, 27 de agosto de 2021 · 14:57 hs
El verdadero efecto que puede tener el voto en blanco en las elecciones PASO
Foto: Prensa MDZ

En el imaginario colectivo se asegura que el voto en blanco beneficia al partido político que gana las elecciones. Sin embargo, eso no es así. El secretario de la Junta Electoral Mendoza, Jorge Albarracín, dialogó en MDZ Radio y explicó que el voto en blanco "expresa la disconformidad con todos los precandidatos" que se presentan a las elecciones.

Jorge Albarracín 

"El voto blanco en primer lugar es un voto válido, está contemplado como tal en la ley nacional y provincial y significa que alguien no vota por las cinco categorías o no vota por alguna de las cinco categorías. Porque no le resulta interesante o buena las alternativas, entonces cumple con el deber de votar, va a la votación y de alguna manera expresa la disconformidad con los precandidatos de esta forma", describió Albarracín. 

El voto en blanco ¿beneficia al ganador?

En cada una de las elecciones se escucha que se dice "no votes en blanco porque le das tu voto al ganador", pero la situación no es así. Según explicó el secretario de la Junta Electoral Mendoza, el voto en blanco se cuenta como voto válido e influye en el número que es el porcentaje que tiene que tener cada agrupación política de votos válidos emitidos para pasar a la elección general. "En ese caso se considera como voto válido y positivo. El voto en blanco no se adjudica en ninguna candidatura en particular, ni tampoco influye en la distribución de candidaturas", describió. 

"El voto en blanco representa que no se está de acuerdo con la oferta electoral". 

Además, Jorge Albarracín relató que en la provincia de Buenos Aires en el 2001 con la crisis política que había se registró mucha abstención. "El voto en blanco ocupó un lugar en la provincia de Buenos Aires por el cuál, si fuera un partido político, le hubiese correspondido una banca. Se discutió este tema y está claro que no se le adjudica ningún lugar a nadie en particular". 

En Mendoza, el piso de una lista en una categoría determinada es del 3% de los votos válidos emitidos. Se descartan los nulos y el voto en blanco. "Después que se descartaran los votos no correspondidos recién ahí se llega a un número y de ese número, supongamos que votó el 70% del padrón, las agrupaciones deben llegar al 3% para pasar a la elección general", explicó Albarracín. 

¿Qué pasa si ganara el voto en blanco? 

El antecedente más cercano es la votación de Salta, donde se presentó solo el 64% de los empadronados y hubo un 12,13% de votos en blanco. Frente a esos datos, Albarracín aseguró que eso mostraría una gran apatía por la oferta electoral pero no se inhabilitaría una elección. "Si habría consecuencias políticas", sentenció. 

Las cinco categorías en las que pueden catalogarse cada sufragio

Desde la Cámara Nacional Electoral detallaron cómo se identifican y contabilizan los distintos tipos de votos de cara a las Elecciones Legislativas 2021. Hay cinco categorías en las que pueden catalogarse cada sufragio voto válido, en blanco, nulo, impugnado o recurrido

  • Votos válidos: son los emitidos mediante boleta oficializada, aun cuando tengan tachaduras de candidatos, agregados o sustituciones. Si un mismo sobre contiene dos o más boletas oficializadas correspondientes al mismo partido y categoría de candidatos, solo se computa una de ellas, destruyéndose las restantes.
  • Votos en blanco: son aquellos sobres vacíos o con papel de cualquier color, sin inscripciones ni imágenes.
  • Votos nulos: son aquellos emitidos mediante boleta no oficializada, o con papel de cualquier color con inscripciones o imágenes de cualquier naturaleza; mediante boleta oficializada que contenga inscripciones y/o leyendas de cualquier, salvo los supuestos de voto válido; mediante dos o más boletas de la misma categoría de candidatos y diferente agrupación política; mediante boleta oficializada que por destrucción parcial, defecto o tachaduras, no contenga, por lo menos sin rotura o tachadura, el nombre del partido y la categoría de candidatos a elegir y cuando en el sobre juntamente con la boleta electoral se hayan incluido objetos extraños a ella.
  • Votos recurridos: son aquellos cuya validez o nulidad es cuestionada por algún fiscal presente en la mesa. Ese voto se anotará en el acta de cierre de comicios como “voto recurrido” y será escrutado oportunamente por la Justicia Electoral, que decidirá sobre su validez o nulidad.
  • Votos impugnados: se refieren a aquellos emitidos por un elector cuya identidad ha sido cuestionada por las autoridades de mesa o los fiscales.