Tras el escrache, la fiscalía dictaminó que Samid vuelva a prisión
Para el fiscal Gabriel Pérez Barberá, “Samid ha quebrantado injustificadamente su obligación de permanecer en su domicilio particular, dado que no cumplió las condiciones impuestas por el tribunal al concederle autorización para egresar de su domicilio por motivos de índole laboral".
El escrache que sufrió Alberto Samid mientras almorzaba en un restaurante le trajo nuevos problemas al "rey de la carne". Luego que el Tribunal Oral en lo Penal Económico ( TOPE) le corriera vista, el fiscal Pérez Barberá consideró en su dictamen que Samid “tiene serias dificultades para la asimilación de normas de conducta que rigen para toda persona condenada o sujeta a proceso como lo demuestra no solo este episodio sino también su recordada fuga mientras se sustanciaba un juicio en su contra”.
Días atrás se hizo público un vídeo donde se lo vio almorzando en un restaurante de Ramos Mejía estando bajo el régimen de prisión domiciliaria. El dirigente a través de distintos medios dio explicaciones asegurando que no había salido sin permiso, sino que "estaba trabajando".
El empresario de la carne tiene salidas transitorias para poder trabajar en el Mercado Central. Algo que a través de Fuentes tribunalicias se pudo comprobar. Pero lo cierto es que dentro de ese programa no están contemplados los almuerzos, algo que podría complicar su situación.
Alberto Samid fue condenado en abril de 2019 por el Tribunal en lo Penal Económico 1 a la pena de 4 años de prisión efectiva como integrante de una asociación ilícita que evadió impuestos en sus frigoríficos durante los 90. Los jueces también determinaron que Samid debía pagar los 282 mil pesos que costó el operativo para repatriarlo desde Belice, donde se había fugado mientras era buscado por la justicia argentina. La condena luego fue confirmada por la Cámara de Casación. Pero aún espera una resolución de la Corte Suprema.
Dos meses más tarde, es decir el 24 de junio de 2019 fue beneficiado con la prisión domiciliaria. Por mayoría, los jueces José Michilini y Diego García Berro del TOPE 1 consideraron que era conveniente que Samid continúe con su detención en su domicilio y que se le coloque una tobillera electrónica para controlar sus movimientos. Los médicos que lo evaluaron refirieron afecciones cardíacas, hipertensión, diabetes y un severo cuadro de estrés, y además aseguraron que su salud se había deteriorado desde que ingresó a prisión. Sólo uno de los jueces, Ignacio Fornari, sostuvo que no era conveniente otorgar el beneficio porque existía riesgo de fuga. A esta altura el empresario ya cumplió con poco más de la mitad de la condena.
El fiscal en su dictamen refiere a la explicación que dio la defensa del empresario ante el Tribunal. Alegaron que Samid había concurrido a trabajar y que en su regreso había sufrido un “síndrome confusional”, acompañando certificado médico. “Ahora bien, de la lectura del citado informe psiquiátrico surge que quien lo suscribe se limita a detallar que ese mismo martes 22 de junio había evaluado al condenado Samid sólo de manera virtual, y que en tales condiciones éste le informó que en las anteriores 24 horas había vivido una situación traumática,sobre la cual “[...] se expresa de forma confusa [...]”.
Pero en ningún apartado del informe de dos carillas se hace mención al origen o causa del supuesto síndrome,ni tampoco hace referencia a lo ocurrido con Samid fuera de su domicilio, no obstante lo cual recomienda una internación.
“Es también público y notorio, sin embargo, que José Alberto Samid, tanto en el video mencionado como en declaraciones suyas inmediatamente posteriores a medios de comunicación, no evidenciaba ninguna patología cognitiva, y ello, por lo que se acaba de indicar, no resulta contradicho de manera suficientemente clara en dicho certificado médico. Fuera de eso, la defensa no justificó de ningún otro modo la conducta aquí cuestionada.”
Por estas razones Pérez Barberá consideró que debe revocarse la prisión domiciliaria como la autorización para salidas laborales. Una vez que responda la querella, el TOPE estará en condiciones de resolver.