Adiós tobillera

Omar Caballo Suárez fue beneficiado en medio del juicio por asociación ilícita

El Tribunal Oral Federal 4 por mayoría decidió quitarle la tobillera electrónica para vigilancia al gremialista del SOMU.

Lourdes Marchese
Lourdes Marchese martes, 7 de diciembre de 2021 · 12:20 hs
Omar Caballo Suárez fue beneficiado en medio del juicio por asociación ilícita

En el marco del juicio que se le sigue al gremialista del Sindicato Obreros Marítimos Unidos (SOMUOmar Caballo Suárez por asociación ilícita, entorpecimiento de servicios públicos y coacción para tomar parte en huelga, el Tribunal Oral Federal 4 resolvió por mayoría hacer lugar a un planteo de su defensa y disponer el cese de las medidas de coerción previstas respecto al uso de tobillera electrónica. A tal fin ordenó a la Dirección de Asistencia de Personas Bajo Vigilancia Electrónica que con carácter de urgente se proceda a extraerle al nombrado los dispositivos electrónicos a los cuales se encuentra sujeto.

El pasado 10 de noviembre, los defensores particulares de Omar Suárez presentaron un escrito relativo a las medidas cautelares de coerción dispuestas por el Tribunal al momento de disponerse el cese de la prisión preventiva del nombrado el 17 de diciembre de 2019.

Allí alegaban a tiempo transcurrido desde que se produjo la detención hasta que se hizo efectivo el arresto domiciliario y luego el cese de la prisión preventiva, sumado al debate oral y público que se viene llevando a cabo y a la dilación de los procesos penales provocada por la pandemia mundial. “Las restricciones impuestas, sostenidas en el tiempo, empiezan a vulnerar derechos fundamentales garantizados por la Constitución Nacional, como el principio de inocencia, libertad ambulatoria y los derechos políticos”, sostuvieron los letrados.

En ese sentido el fiscal Patricio García Elorrio que se opuso a la solicitud manifiesto que “el tiempo que insume la sustanciación del debate oral hasta su culminación no conlleva a que desaparezcan los riesgos procesales vinculados al peligro de fuga o entorpecimiento del proceso que fueran verificados, no debiendo soslayarse en este sentido las múltiples intimaciones efectuadas al imputado en torno al cumplimiento de las medidas impuestas”.

Los jueces Daniel Obligado y Gabriela López Iñiguez no se opusieron al pedido teniendo en cuenta que el proceso está por llegar a la etapa de alegaciones y el imputado participó en general de todas las audiencias sea presencial o de forma virtual y además que hace 5 años tuvo restringida su libertad ambulatoria de uno u otro modo. 

En su voto en disidencia el juez Néstor Costabel resaltó que tras el cese de la prisión preventiva con reglas de conducta y vigilancia electrónica, el 18 de febrero de 2020, se dispuso autorizar a Omar Suárez a residir en la vivienda ubicada en la ciudad de Monte Caseros, provincia de Corrientes, bajo las obligaciones impuestas en la citada resolución. 

Así las cosas el día 12 de julio de 2021 se realizó una audiencia a los fines de tratar “reiteradas cuestiones vinculadas con la utilización de la pulsera por parte del enjuiciado Suárez por los constantes informes que producía el Centro de Monitoreo, especialmente con motivo al informe técnico del 18 de junio ppdo” Entonces se resolvió “Intimar a Omar SUÁREZ para que dé cabal cumplimiento con las reglas de conducta establecidas oportunamente por el Tribunal, debiendo evitar cualquier circunstancia de olvido, negligencia, o alejamiento de los dispositivos electrónicos, quedando bajo su exclusiva responsabilidad el arbitrio de los medios necesarios para que ello no vuelva a acontecer como también prever que las misma no se produzcan en el futuro”.

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