Justicia

Causa Hotesur: sobreseyeron a Cristina Fernández de Kirchner y sus hijos Máximo y Florencia

Lo decidió el Tribunal Oral Federal 5 por mayoría de los jueces Daniel Obligado y Adrián Grümberg. En disidencia votó Adriana Paliotti. Se espera que el fiscal Diego Velasco apele la decisión, por lo que podría terminar resolviendo la sala 1 de la Cámara de Casación Penal.

Lourdes Marchese
Lourdes Marchese viernes, 26 de noviembre de 2021 · 19:14 hs
Causa Hotesur: sobreseyeron a Cristina Fernández de Kirchner y sus hijos Máximo y Florencia
Foto: EFE

El Tribunal Oral Federal 5, por mayoría, en un fallo de 375 páginas, dictó el sobreseimiento de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, de sus hijos Máximo y Florencia y de los empresarios Cristóbal López, Fabián De Sousa y Lázaro Báez, entre otros imputados, sin llegar a juicio oral. 

Fue pese al reclamo del fiscal Diego Velasco que, cuando presentó su dictamen, entendió que los pedidos a favor de la funcionaria debían rechazarse, al considerar que aún hay prueba pendiente, entre la que se encuentran peritajes contables y otros informes que aún no han llegado al expediente. En aquel escrito decía: “El momento oportuno para ventilar todas las conductas imputadas en autos es justamente el debate oral y público y no, como lo pretende también aquí estos letrados, en este momento previo”.  

Sin embargo, los jueces decidieron suspender las medidas en curso y una vez firme el fallo, sacar las cautelares que pesan sobre los imputados. "Cabe concluir que las conductas enrostradas a Cristina Fernández de Kirchner, Lázaro Antonio Báez, Cristóbal López y Carlos Fabián de Sousa –de haber sucedido con el alcance atribuido por la acusación, cuestión sobre la que no abrimos juicio– no eran punibles cuando comenzaron a ejecutarse", expresaron los magistrados.

O sea que consideraron que en aquel tiempo lo que hicieron los acusados no constituía delito. "Más allá de si existió, o no, la comisión de delitos precedentes –cuestiones que están siendo juzgadas en otras sedes-, las presuntas maniobras imputadas en las causas no 3732/16 –“LOS SAUCES”- y no 11.352/14 –“HOTESUR”- resultan atípicas del delito de lavado de activos, correspondiendo, por lo tanto, los sobreseimientos respectivos", indica el fallo.

"El dinero ya estaba limpio"

Básicamente, se acusaba a Cristina y a otras personas de haber recibido fondos disimulándolos a través del presunto alquiler de habitaciones en hoteles, dinero que habría servido como "coima" para que quienes pagaban tuvieran preferencia en las licitaciones públicas que otorgaba el Estado.

Pero sobre esto, el fallo explica: "El punto central y decisivo es que, en definitiva, las transferencias de fondos -o beneficios otorgados- inexorablemente revistieron un origen lícito, no sólo porque debieron ingresar (o ser aplicados) a través de medios bancarios o financieros al sistema económico, sino porque, como se dijo, dichos movimientos –o beneficios, en su caso- estuvieron respaldados por normas y decisiones emanadas de organismos oficiales (...)".

Y continúan las parrafadas: "Por lo tanto, efectivamente, ese dinero ya ab initio estaba 'limpio' en su apariencia, estaba 'blanqueado' y no podía, ni requería, ser 'lavado' para continuar su camino en el circuito financiero y/o comercial/contractual (...) Por ello, en aplicación del principio rector establecido en el artículo 2° del Código Penal, corresponde dictar el sobreseimiento de los nombrados".

Por su parte, la jueza Paliotti -en consonancia con lo dictaminado por el Representante del Ministerio Púbico Fiscal-, consideró que el sobreseimiento formulado por Beraldi y Llernovoy debe ser rechazado. Ahora se espera que el fiscal Diego Velasco apele la decisión. En ese caso definirá la Sala 1 de la Cámara de Casación Penal.

El fallo completo

 

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