Causa compleja

La Corte "salvó" a otro acusado de pagar sobreprecios en el Casino

El máximo tribunal anuló los cargos que había formulado el Tribunal de Cuentas contra el coordinador administrativo del Instituto de Juegos y Casinos por sobreprecios en el servicio de limpieza. Ahora, el Tribunal de Cuentas deberá pagarle casi medio millón de pesos a los abogados del empleado.

Mariano Bustos
Mariano Bustos lunes, 28 de septiembre de 2020 · 14:35 hs
La Corte "salvó" a otro acusado de pagar sobreprecios en el Casino

La Suprema Corte de Justicia anuló un fallo del Tribunal de Cuentas que formulaba cargos millonarios contra exautoridades del Instituto Provincial de Juegos y Casinos. Para los jueces Pedro Llorente, Teresa Day y Mario Adaro existieron "incongruencias" en las conclusiones del órgano de control y aseguran que "no se encuentra acreditada la existencia de daño para la hacienda pública en razón del pago efectuado a la empresa prestadora del servicio de limpieza". Incluso, emplazan al Tribunal de Cuentas para que le page casi medio millón de pesos a los abogados de uno de los empleados del Casino.

La causa es compleja y está repleta de aristas que la tiñen con tintes políticos. En el año 2014 el contador detectó irregularidades y se las hizo saber al por entonces presidente del Casino, Carlos Bianchinelli. Como consecuencia de ello, el Tribunal de Cuentas inició una auditoría y detectó inconsistencias que llevaron a determinar que ese año se habían pagado de forma injustificada más de 3 millones de pesos a la empresa de limpieza.

La compañía se llamaba Masterful SRL y era propiedad de Alejandro Balegno, amigo y compañero de viajes en Harley Davidson. Para el Tribunal de Cuentas se le habían pagado sobreprecios por servicios que la empresa no podía demostrar e incluso que eran de imposible cumplimiento teniendo en cuenta la cantidad de empleados que tenía la Masterful. El servicio era por 15.000 horas mensuales pero se pagaba por 17.000 horas. La defensa de la empresa y de las autoridades del Casino es que el pago contemplaba un ítem denominado "horas máquina".

El Tribunal de Cuentas encontró irregularidades en la contratación del servicio y señaló que no existía constancia de la existencia de ese ítem, por lo que formuló cargo contra los directores Carlos Bianchinelli, Miguel Bondino y Federico Domínguez, además de otros empleados como el contador, la contadora y el coordinador administrativo Carlos Cardone. En abril del 2019 la Corte revocó los cargos contra los exdirectores y el fallo fue redactado por Pedro Llorente, amigo personal de Miguel Bondino.

Esta semana, la Corte volvió a anular los cargos formulados por el Tribunal, en este caso contra el coordinador administrativo Carlos Cardone. Para Llorente, Day y Adaro "el acto administrativo impugnado (art. 7 de Fallo N° 16.633), se encuentra gravemente viciado" por lo que corresponde  "declarar su nulidad".

Particularidades de la causa

Al igual que había ocurrido en abril del 2019, en esta causa el juez Pedro Llorente manifestó que existían causales de sospecha por su amistad con Miguel Bondino. "Atento que en el cargo solidario cuestionado se ha determinado también como responsable al Sr. Miguel Angel Bondino, respecto del cual me une una amistad íntima, estimo hallarme comprendido en la causa de sospecha prevista en el art. 14 apartado II inc. 3 del C.P.C.C y T. M", expresó Llorente. Pese a ello, los representantes del Tribunal de Cuentas no pidieron la recusación del juez. Tanto en abril del 2019 como esta semana, el criterio de Llorente favoreció a su amigo íntimo y al resto de las personas a las que el Tribunal de Cuentas les pedía devolver al Estado más de 3 millones de pesos (al valor del año 2014).

Otra particularidad que se observa es que el Ministerio Público, a través del procurador General, no estaba de acuerdo con eliminar los cargos. En su dictamen, Alejandro Gullé sostiene que no existió arbitrariedad alguna en el fallo del Tribunal de Cuentas y descalifica los argumentos del litigante, Carlos Cardone.

Gullé indica "que en el régimen excepcional de reconocimiento de gasto que se mantuvo por casi dos años se advierte la falta de los controles indispensables por parte de quienes debían ejercerlo en alguna de sus etapas, tal como lo advirtió el Tribunal de Cuentas".

Además, expresa que "conforme surge de las actuaciones administrativas, el servicio de limpieza se contrataba en el IPJYC por un precio por horas hombres que incluía todos los gastos que conformaban la prestación del servicio como insumos, máquinas y herramientas y no se podían facturar las horas no trabajadas dado que se contrataba una cantidad estimada de horas". Es decir, ratifica lo actuado por el Tribunal de Cuentas y los cargos formulados contra los involucrados.

Lo llamativo es que cuando Gullé redactó ese dictamen María Teresa Day era funcionaria del Ministerio Público. Sin embargo, como jueza de la Corte se mostró en completo desacuerdo con su antiguo jefe.

El fallo completo

Archivado en