No pagarán impuesto a las Ganancias policías y penitenciarios
La medida forma parte de un incentivo en medio de la emergencia sanitaria por el COVID-19 y establece que, hasta el 30 de setiembre próximo, no tributarán las remuneraciones en concepto de guardias, horas extras y todo otro adicional de las distintas fuerzas de Seguridad de Mendoza,
A través de la promulgación de la ley 27549 por parte del Gobierno Nacional, policías, penitenciarios y personal civil del Ministerio de Seguridad fueron eximidos transitoriamente del pago del impuesto a las ganancias.
Según informó el Poder Ejecutivo provincial, la medida forma parte de un incentivo en medio de la emergencia sanitaria por el COVID-19 y establece que hasta el 30 de setiembre próximo, no tributarán ganancias las remuneraciones en concepto de guardias, horas extras y todo otro adicional de las distintas fuerzas de Seguridad de Mendoza, entre otras profesiones.
La norma también indica que el Gobierno Nacional podrá prorrogar estas exenciones en tanto lo considere necesario y no más allá de la finalización del estado de emergencia sanitaria.
El beneficio deberá registrarse en los recibos de haberes y a tal efecto, los sujetos que tengan a su cargo el pago de la remuneración o liquidación lo identificarán con el concepto “Exención por Emergencia Sanitaria COVID-19”.