Polémica

La Corte iba a levantar la feria, pero el Gobierno la obligó a dar marcha atrás

En las últimas horas, la Corte Suprema de Justicia de la Nación tuvo que decidir si se levantaba o no la feria extraordinaria. El Máximo Tribunal dictó la acordada número 25 de este año en la que dispuso prorrogar la feria extraordinaria que comenzó el 20 de marzo y se extendió en seis oportunidades

MDZ Política
MDZ Política martes, 30 de junio de 2020 · 10:54 hs
La Corte iba a levantar la feria, pero el Gobierno la obligó a dar marcha atrás
Foto: Archivo MDZ

En las últimas horas, la Corte Suprema de Justicia de la Nación tuvo que decidir si se levantaba o no la feria extraordinaria. El Máximo Tribunal dictó la acordada número 25 de este año en la que dispuso prorrogar la feria extraordinaria que comenzó el 20 de marzo y se extendió en seis oportunidades. Es el parate más largo de la Justicia desde el regreso de la democracia.

Según consigna Infobae, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti estaban a favor de levantar la feria mientras que la única que votó en contra fue Elena Highton. Sin embargo, algo ocurrió que provocó un cambio en la decisión cuando ya estaba todo listo para que las cámaras nacionales y federales retornaran a la actividad. Apenas se conoció la información, desde el Gobierno comenzaron a llamar al presidente del máximo tribunal, quien dio marcha atrás con lo acordado y archivó la resolución.

La acordada que finalmente fue archivada sostenía en el punto 7° de la parte resolutiva “disponer el levantamiento de la feria judicial extraordinaria dispuesta por el punto resolutivo 2º de la acordada 6/2020 –y extendida por acordadas 8, 10, 13, 14, 16 y 18 del corriente año- respecto de las cámaras nacionales y federales no incluidos en el punto dispositivo 1° y de esta Corte Suprema de Justicia de la Nación”.

La acordada establecía prorrogar la feria extraordinaria sólo respecto de los tribunales de primera instancia y de los tribunales orales nacionales y federales, salvo los del interior del país que ya estuvieran funcionando que debían seguir de la misma manera que hasta ahora. Se les recordaba además a los magistrados a cargo de dichos juzgados que podían llevar a cabo los actos procesales que no admitan demora o aquellas medidas que de no practicarse pudieran ocasionar un perjuicio irreparable.

En el caso de las Cámaras Nacionales y Federales se disponía el levantamiento de la feria judicial extraordinaria. Según el proyecto original de acordada, desde el 29 de junio y hasta el final del aislamiento social preventivo y obligatorio “quedará suspendido el curso de los plazos procesales y administrativos, y no correrán los plazos de caducidad de instancia”.

Asimismo les recordaba a las autoridades de las cámaras que debían adoptar las acciones pertinentes “para adecuar el funcionamiento de los tribunales de forma de garantizar la prestación del servicio de justicia, arbitrando las medidas que tiendan a la protección de la salud del personal”.

Disponía también que durante este período los tribunales y demás dependencias debían prestar el servicio en forma prioritaria de manera remota con una presencia mínima de personal en las oficinas y despachos. Aquellos magistrados, funcionarios y empleados que integren los grupos de riesgos seguirían con licencias excepcionales. 

Se mantenía la suspensión de atención al público de forma presencial “con excepción de aquellas actuaciones procesales en las que resulte indispensable la presencia de los letrados y/o partes.”

Archivado en