Dato curioso

La letra chica del levantamiento de la feria judicial

Este martes se conoció que la justicia mendocina trabajará en el mes de julio. Sin embargo, la acordada aclara que le devolverán los días trabajados a todos los empleados y magistrados que cumplan funciones durante el receso invernal.

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MDZ Política martes, 23 de junio de 2020 · 12:39 hs
La letra chica del levantamiento de la feria judicial
Foto: ALF PONCE / MDZ

Los trabajadores judiciales y magistrados cumplirán funciones en julio. La Suprema Corte dispuso levantar la feria de invierno pero la acordada agrega un dato que no pasa desapercibido. En concreto, establece que le devolverán diez días en el futuro a los trabajadores que se desempeñen entre el 13 y el 24 de julio.

Desde que el 20 de marzo se decretó el aislamiento obligatorio, la mayoría de los trabajadores judiciales dejaron de acudir a sus puestos de trabajo. Muchos de ellos cumplieron funciones desde sus casas mientras que otros quedaron a la espera de que el Poder Judicial volviera a trabajar. Eso finalmente ocurrió el 11 de mayo.

Pero a pesar de que durante un mes y medio la mayoría de los empleados no trabajaron con normalidad, la acordada que suspende la feria de julio aclara que se les devolverán diez días en el futuro. En concreto aclara que la suspensión de la feria se dará "sin perjuicio del derecho de los agentes judiciales que efectivamente prestasen el servicio entre las fechas que se fijan en esta acordada, de ser compensados conforme el plan de licencias que en ella se encomienda a la Dirección de Recursos Humanos".

En este sentido instruye a la Dirección de Recursos Humanos, a instrumentar la compensación de los diez (10) días hábiles laborados por los magistrados, funcionarios y empleados de este Poder Judicial que presten servicios en forma efectiva. "Solamente, a tales fines establézcase dicho período entre el 13 y 24 de julio del corriente", remarca.

Sucede que el Código Procesal Civil, Comercial y Tributario de Mendoza establece en su artículo 60 fija que los trabajadores tendrán 10 días de licencia en el mes de julio, por lo que deben ser compensados. "Son hábiles todos los días del año salvo los sábados, domingos, feriados y no laborables, declarados por ley o decreto, por los poderes ejecutivos de la Nación o de la Provincia, o por acordadas de la Suprema Corte de Justicia; todo el mes de enero y diez (10) días hábiles entre el 10 y 31 de julio, que fijará anualmente el Superior Tribunal" remarca el inciso II de ese decreto.

Para no vulnerar ese derecho es que se dispuso la compensación a futuro de los mismos.

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