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Suarez también suspendió las actividades en San Carlos por el coronavirus

El gobernador Rodolfo Suarez derogó la flexibilización de las medidas de aislamiento social y obligatorio en San Carlos, a pedido de las autoridades municipales que expresaron sus temores a una expansión del COVID-19 en ese departamento del Valle de Uco.

Nicolás Munilla
Nicolás Munilla viernes, 1 de mayo de 2020 · 00:12 hs
Suarez también suspendió las actividades en San Carlos por el coronavirus
Foto: ALF PONCE / MDZ

El gobernador Rodolfo Suarez derogó la flexibilización de las medidas de aislamiento social y obligatorio en San Carlos, a pedido de las autoridades municipales que expresaron sus temores a una expansión del COVID-19 en ese departamento del Valle de Uco.

Debido a la aparición de nuevos casos positivos de coronavirus en Tunuyán, que provocó allí la suspensión de todas las actividades que habían sido habilitadas el pasado lunes, el intendente de San Carlos, Rolando Scanio, solicitó al Ejecutivo provincial que también exceptuara de la flexibilización al municipio que comanda, alegando la vecindad y vinculación socioeconómica con Tunuyán: "Debido a que se han confirmado dos casos de Covid-19 en Tunuyán, y teniendo en cuenta el intercambio de flujo que tenemos con el departamento vecino, nos vemos en la obligación de suspender estas actividades hasta tanto se pueda establecer nexo epidemiológico.", expresó el pasado miércoles en su cuenta de Facebook.

Haciendo lugar al pedido de Scanio, Suarez firmó el Decreto 584/2020 publicado hoy en el Boletín Oficial (que se habilitó este feriado del Día del Trabajador únicamente para promulgar esta norma) en el cual deja sin efecto la apertura comercial y las salidas de esparcimiento para San Carlos: "Conforme a lo solicitado por el Sr. Intendente de la Municipalidad de San Carlos, Prof. Rolando Scanio, no se aplicarán las disposiciones de los artículos 4º, 9º y concordantes del Decreto Acuerdo 563/2020, en el ámbito territorial del Municipio aludido".

Por ende, el gobernador prorrogó hasta el 10 de mayo todas las medidas vigentes de aislamiento social obligatorio que rigen para el Gran Mendoza y Tunuyán, aunque cabe destacar que en el área metropolitana se mantienen las salidas recreativas de media hora.

Decreto Nro: 584

Fecha: 30-04-2020

MENDOZA, 30 DE ABRIL DE 2020

Visto la nota presentada por el Sr. Intendente de la Municipalidad de San Carlos al Sr. Gobernador de la Provincia, el día 30 de abril de 2020; y

CONSIDERANDO:

Que en la nota referida el Sr. Intendente de la Municipalidad de San Carlos, Prof. Rolando Scanio, solicita “la modificación del Decreto provincial Nº 563, que autorizaba nuevos rubros comerciales y caminatas recreativas en nuestro departamento. Motiva el pedido la confirmación de 2 casos positivos de COVID-19 en el día de ayer en el departamento vecino de Tunuyán que ya es de público conocimiento y que ha sido confirmado por autoridades de salud local. Ante la gravedad de la situación y teniendo en cuenta que desconocemos hasta el momento el nexo epidemiológico, es que nos vemos en la necesidad imperativa de extremar las medidas de precaución en el departamento..."

Que en virtud de lo expresamente solicitado por el Sr. Intendente de la Municipalidad de San Carlos, corresponde no aplicar las excepciones a la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular dispuestas por el Decreto Acuerdo Nº 563/2020 en el ámbito territorial del municipio aludido y al mismo tiempo, disponer en el mismo ámbito, la prórroga hasta el 10 de mayo de 2020 de todas las medidas dispuestas como consecuencia de la emergencia sanitaria en los Decretos Acuerdo Nº 384, 390, 397, 472 y 512 y en Decreto Nº 461, cuyo vencimiento estuviera previsto el día 31 de marzo de 2020 o en fecha anterior, siempre que sean acordes a lo dispuesto a nivel nacional, hasta el 10 de mayo de 2020,

Por ello,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO DE MINISTROS

DECRETA:

Artículo 1º - Conforme a lo solicitado por el Sr. Intendente de la Municipalidad de San Carlos, Prof. Rolando Scanio, no se aplicarán las disposiciones de los artículos 4º, 9º y concordantes del Decreto Acuerdo 563/2020, en el ámbito territorial del Municipio aludido.

Artículo 2º - En consecuencia, prorróguense hasta las 24 horas del día 10 de mayo de 2020, en el ámbito territorial del Municipio mencionado en el artículo precedente, todas las medidas adoptadas en los Decretos Acuerdo Nº 384, 390, 397, 472 y 512 de 2020 y en Decreto Nº 461 de 2020, cuyo vencimiento estuviera previsto el día 31 de marzo de 2020 o en fecha anterior, siempre que fueran acordes a lo dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional en el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/2020 y sus normas modificatorias y complementarias.

Artículo 3º - El presente Decreto tendrá vigencia desde la fecha de su publicación.

Artículo 4º - Comuníquese, publíquese, dese al Registro Oficial y archívese.

DR. RODOLFO ALEJANDRO SUAREZ

DR. ABG. VICTOR E. IBAÑEZ ROSAZ
LIC. RAÚL LEVRINO
LIC. MIGUEL LISANDRO NIERI
LIC. ENRIQUE ANDRÉS VAQUIÉ
ARQ. MARIO SEBASTIÁN ISGRÓ
FARM. ANA MARÍA NADAL
LIC. MARIANA JURI

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