Eximieron de impuestos a las importaciones de insumos médicos
El Gobierno nacional decidió eximir de impuestos aduaneros a las importaciones de insumos y aparatos médicos que sean destinados a la lucha contra la pandemia de coronavirus.
El Gobierno nacional decidió eximir de impuestos aduaneros a las importaciones de insumos y aparatos médicos que sean destinados a la lucha contra la pandemia de coronavirus.
A través del Decreto 333/2020 firmado por el presidente Alberto Fernández y publicado este jueves en el Boletín Oficial, se bajó el Derecho de Importación Extrazona (D.I.E.) a 0 % para más de 50 mercaderías utilizadas en el ámbito de la medicina y cuyo objetivo primordial sea reforzar la atención en el sistema de salud nacional frente a la emergencia por la expansión de la COVID-19 en el país.
Los productos excluidos del pago del DIE, que van desde insumos simples como guantes y alcohol en gel hasta aparatos sofisticados como ecógrafos y de oxigenoterapia, son:
- Alcohol etílico, sin desnaturalizar, en grado alcohólico volumétrico superior a 80% vol, con un contenido de agua inferior o igual a 1% vol.
- Alcohol etílico, sin desnaturalizar, en grado alcohólico volumétrico superior a 80% vol, con un contenido de agua superior a 1% vol.
- Alcohol propílico
- Alcohol isopropílico
- Alcohol etílico con un contenido de agua superior al 1% vol.
- Ácidos nucleicos y sus sales
- Desinfectante de superficies para equipos médicos y pisos
- Desinfectante de superficies para equipos médicos y pisos; Alcohol en gel.
- Artículos de laboratorio o farmacia
- Guantes para cirugía
- Mascarillas del tipo de las utilizadas por los cirujanos en las operaciones. De telas sin tejer
- Gorros descartables
- Bomba de circulación extracorpórea, de los tipos utilizados para el bombeo de fluidos sanguíneos o infusiones hospitalarias
- Bomba de circulación extracorpórea, de los tipos utilizados para el bombeo de fluidos sanguíneos o infusiones hospitalarias
- Concentradores de oxigeno
- Gafas de seguridad
- Electrocardiógrafos, sus partes y accesorios
- Ecógrafo con análisis espectral Doppler
- Ecògrafo
- Aparatos de diagnóstico de visualización por resonancia magnética, sus partes y accesorios
- Explorador tomográfico por emisión de positrones (PET - «Positron Emission Tomography»)
- Camaras Gamma
- Los demás aparatos de centollografía, sus partes y accesorios
- Endoscopios
- Audiómetros
- Los demás aparatos de electrodiagnóstico
- Las demás partes de aparatos de electrodiagnóstico
- Catéter de poli(cloruro de vinilo), para embolectomía arterial
- Catéter de poli(cloruro de vinilo), para termodilución
- Catéteres intravenosos periféricos, de poliuretano o copolímero de etilenotetrafluoretileno (ETFE)
- Artículo para fístula arteriovenosa, compuesto de aguja, base de fijación tipo mariposa, tubo de plástico con conector y obturador
- Instrumentos y aparatos para transfusión de sangre o infusión intravenosa
- Aparatos para medida de la presión arterial
- Desfibriladores externos que operen únicamente en modo automático (AED)
- Bombas de infusión
- Aparatos de oxigenoterapia, sus partes y accesorios
- Aparatos de aerosolterapia
- Aparatos respiratorios de reanimación
- Pulmones de acero
- Máscaras antigás
- Aparatos respiratorios
- Cardiodesfibriladores automáticos
- Cardioversores
- Termómetros clínicos
- Termómetros clínicos
- Oxímetro de pulso
- Cama con mecanismo de uso clínico
- Mesas rodantes y mesas de luz de los tipos utilizados por pacientes hospitalarios durante su internación
- Mesas rodantes y mesas de luz de los tipos utilizados por pacientes hospitalarios durante su internación
- Mesa rodantes y mesas de luz de los tipos utilizados por pacientes hospitalarios durante su internación
- Pies de los tipos utilizados en el el suministro de suero a pacientes hospitalarios
- Viseras de seguridad
"Dada la situación de emergencia sanitaria que tiene lugar en nuestro país y para no afectar la atención sanitaria de la población, como consecuencia del brote del nuevo Coronavirus COVID-19, resulta necesaria la adopción de nuevas medidas que se sumen a las ya adoptadas desde el inicio de esta situación, garantizando a la población el acceso a ciertos insumos críticos con el fin de mitigar su propagación y su impacto sanitario", justificó el Ejecutivo nacional en el decreto.
La medida comenzará a regir desde mañana y mantendrá su vigencia mientras perdure la emergencia pública en materia sanitaria declarada por la Ley N° 27.541 y ampliada por el Decreto N° 260/20.
Cabe recordar que la eliminación de impuestos por importación para la compra de insumos y aparatos médicos en el exterior era una creciente demanda al Gobierno nacional por parte de amplios sectores políticos y de la salud. De hecho, el gobernador mendocino Rodolfo Suarez había expresado su decisión de adquirir ocho respiradores artificiales en el extranjero, lo que causó un entredicho con la Nación que, a través de ministro de Salud nacional, Ginés González García, trató de garantizar la "centralización" en la compra de insumos y el reparto a las jurisdicciones subnacionales.