Cornejo y Latorre lanzaron la consulta popular sobre el aborto
Los diputados radicales presentaron el proyecto de ley para que toda la ciudadanía vote por SÍ o por NO al proyecto de ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo y Educación Sexual Integral. La propuesta surgió pocos días después de que el Presidente anunciara un proyecto para legalizar el aborto.
Alfredo Cornejo y su colega del bloque radical de diputados nacionales, Jimena Latorre, presentaron hoy un proyecto de ley para convocar a una consulta popular vinculante con el fin que se vote por "Sí" o por "No" al proyecto de ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo y Educación Sexual Integral.
La propuesta de Cornejo y Latorre surge luego del anuncio del presidente Alberto Fernández en su discurso ante la Asamblea Legislativa del domingo pasado, ocasión en la que señaló que dentro de los próximos diez días enviará al Congreso "una ley que legalice el aborto en el tiempo inicial del embarazo y permita a las mujeres acceder al sistema de salud cuando tomen la decisión de abortar".
La idea de Cornejo de someter la legalización del aborto a consulta popular viene desde la campaña electoral del año pasado, cuando el entonces gobernador la mencionó entre sus propuestas de campaña para ser diputado nacional.
La iniciativa en su articulado solicita convocar “al Pueblo de la Nación Argentina a consulta popular vinculante, en los términos y con los efectos del artículo 40, primer párrafo de la Constitución Nacional, a fin de que se vote por el SI o por el NO al proyecto de ley de interrupción voluntaria del embarazo expediente número: 2810-D-2019, que como Anexo I forma parte de la presente ley, y bajo la siguiente pregunta: '¿Acepta la despenalización y regulación de la Interrupción Voluntaria del Embarazo y Educación Sexual Integral, en los términos y condiciones del proyecto que tramita por expediente 2810-D-2019?'".
En su artículo segundo expresa: “Dispóngase que la consulta popular convocada en el artículo precedente, deberá realizarse dentro de un plazo no inferior a 60 días y no superior a 120 días corridos desde la publicación de la presente ley” . Asimismo deja asentado que el Poder Ejecutivo Nacional deberá arbitrar los mecanismos conducentes a informar a la ciudadanía sobre el contenido del proyecto que se somete a consulta por medio del presente.
Al explicar la iniciativa, los legisladores expresaron que “si bien existen algunos antecedentes de proyectos de consulta popular sobre la materia, es importante destacar que tal como prevé nuestra Carta Magna al consagrar esta herramienta de participación semidirecta, su finalidad es conocer la voluntad del electorado en temas de trascendental importancia y para ello la consulta tiene que encontrarse dotada de una imparcialidad tal que deje en aquel electorado la responsabilidad y atribución de expresarse conforme sus convicciones”.
El artículo 40 de la Constitución Nacional,en relación a la consulta vinculante, prevé lo siguiente: "El Congreso, a iniciativa de la Cámara de Diputados, podrá someter a consulta popular un proyecto de ley. La ley de convocatoria no podrá ser vetada. El voto afirmativo del proyecto por el pueblo de la Nación lo convertirá en ley y su promulgación será automática".
Latorre especificó que las deliberaciones en el Parlamento sobre proyectos vinculados a la despenalización del aborto y el régimen de educación sexual integral "nos muestran que las diferencias de argumentos, fundamentos y posturas en la sociedad argentina se profundizaron, se fundamentalizaron y actualmente configuran una temática de trascendental importancia en la que ni los argentinos, ni sus representantes encuentran unión pacífica”.
“Somos conscientes de que la sociedad ha hecho escuchar su voz, se ha involucrado de una u otra forma, ha tomado fervientes posturas para su defensa sin que de ello haya surgido una consenso social, sino y por el contrario, una marcada división que lleva la temática a una discusión binaria o dicotómica”, subrayó por su lado el ex gobernador.
Y agregó: “En función de aquella marcada y radicalizada determinación social de dos posiciones, una en favor y otra en contra de la regulación por este Honorable Congreso de la Nación de la citada Interrupción Voluntaria de Embarazo y la Educación Sexual Integral, se encuentra ampliamente acreditado uno de los supuestos de procedencia de la herramienta constitucional de la consulta popular”.