MDZ Radio - Entrevista

"Decir jubilaciones de privilegio es embarrar la cancha"

En "Con qué Derecho", Marcelo Gallo Tagle, presidente de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional dio argumentos a favor de las jubilaciones de magistrados.

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MDZ Radio lunes, 2 de marzo de 2020 · 17:15 hs
"Decir jubilaciones de privilegio es embarrar la cancha"
Marcelo Gallo Tagle Foto: Cronica.com.ar

"Vemos mal la modificación porque es un régimen especial y no es de privilegio. Puedo decir de privilegio cuando recibo algo a cambio de nada. Acá no ocurre semejante cosa. Acá hay un sistema de aportes de toda la carrera judicial que nos permite aspirar a la jubilación que tenemos", explicó en "Con qué Derecho", en MDZ Radio, Marcelo Gallo Tagle, presidente de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional. Y agregó que "no hay que ignorar los aportes hechos":

"Si es equitativo para otros que ganan menos, eso es discutible. Todos estamos dispuestos a poner el hombro en la emergencia. Pero otra cosa es avanzar sobre todos los derechos ignorando los aportes hechos", agregó. Y, además, dijo que a partir de este planteo "se termina desprestigiando a la justicia como institución".

"Estamos invadiendo y desprestigiando a (la Justicia). Habría que informar más completo. Nadie se va antes de los 65 años. Veo una mezcla de todo porque partimos de una muy mala imagen negativa y se ha formado esa mala imagen. La institución va a perdurar y desprestigiar la institución es equivocadoNunca se explica todo lo que nosotros aportamos", explicó.

La Asociación de Magistrado y Funcionarios de la Justicia Nacional confirmó que pedirá la inconstitucionalidad de la reforma previsional para jueces y magistrados.

¿Qué cambia con la reforma judicial?

  1. La edad jubilatoria para los hombres en este régimen pasaría de 60 a 65 años.
  2. Antes requerían 15 años continuos o 20 discontinuos en el poder judicial, ahora baja a 10 y 15 respectivamente.
  3. El haber inicial representaba el 82% del último salario desempeñado al menos 5 años, ahora será el 82% del promedio de las últimas 120 remuneraciones. Este punto solo genera conflicto para un juez que ha ascendido recientemente y no registra los últimos 10 años en el mejor cargo. Queda pendiente determinar con qué índice se actualizarán esas remuneraciones históricas, cabe recordar que la elección de un índice perjudicial para los jubilados dio lugar al fallo “Elliff” de la Corte Suprema que generó más de 500.000 juicios.
  4. Los aportes se incrementan del 12% del salario al 18%. Cabe recordar que los aportes del régimen general son del 11% y con un máximo sujeto a aportes ($159.000). Los funcionarios judiciales han pagado a lo largo de su carrera un 1% adicional y sin tope, por el total del salario.
  5. Las pensiones por fallecimiento derivadas de estas jubilaciones perderán el status especial y se regirán por el régimen general. Este punto vulnera garantías amparadas constitucionalmente.
  6. Se incorpora como requisito para solicitar la jubilación presentar el cese en las funciones.
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