Vivienda

El IPV busca que los deudores entren al "Veraz" y queden bloqueados

El Instituto Provincial de la Vivienda busca una empresa que registre a los morosos de planes habitacionales. Los bloquearán del acceso al crédito hasta que paguen.

MDZ Política
MDZ Política jueves, 20 de febrero de 2020 · 07:08 hs
El IPV busca que los deudores entren al "Veraz" y queden bloqueados
Foto: IPV

El Instituto Provincial de la Vivienda contratará un servicio de cobranzas y de información financiera para que registre y bloquee a los adjudicatarios morosos de los planes habitacionales. El servicio es similar al popular y temido "Veraz", que usan las entidades financieras. 

Para ello lanzó una licitación para contratar una empresa de informes comerciales, "con alcance local y nacional, que permita registrar en sus bases de datos la morosidad de los adjudicatarios morosos en el Instituto, y cuyas bases sean objeto de consulta tanto por el sistema financiero como no financiero". En el mismo sentido, el IPV busca tercerizar también la notificación de las deudas de los adjudicatarios, que también quedaría en manos de la misma empresa de información crediticia. 

El nuevo plan se da en un contexto particular, cuando el Gobierno en paralelo también analiza desindexar las cuotas de las viviendas del índice UVA, es decir la inflación. 

La licitación del IPV es por  $2.821.800,00 para ese servicio.

El plan de intimación de morosos empezaría con la notificación por escrito a los adjudicatarios Pero luego la intención, según figura en los pliegos, es bloquearlos de su vida financiera. "Servicio que permita denunciar en un base de datos con alcance local y nacional que el adjudicatario es moroso y brinde la posibilidad de bloquear / restringir en sus operaciones financieras. Este servicio deberá contemplar bases de datos de entidades que operen en el sistema financiero nacional regulado y no regulado", especifica el llamado a licitación.

El mecanismo sería similar al de cualquier entidad financiera. "Una vez realizado el trabajo de envío de cartas y transcurrido el plazo de espera que el IPV considere necesario, el IPV deberá informar al futuro adjudicatario del servicio el nombre de  los contribuyentes que aún continúan morosos con el I.P.V. La denuncia de morosidad deberá quedar registrada en la base de datos negativa de quien ofrezca el servicio, desde la fecha en que se suministra la base con adjudicatarios en mora informado por el  IPV  hasta que el deudor moroso cancele la deuda e informe dicha situación", agrega. 

Los detalles de la licitación

  • Artículo 1º Objeto: El presente llamado a licitación tiene por objeto la contratación de una empresa de informes comerciales, con alcance local y nacional, que permita registrar en sus bases de datos la morosidad de los Adjudicatarios Morosos en el Instituto, y cuyas bases sean objeto de consulta tanto por el sistema financiero como no financiero.  Previo a ello, la misma empresa emplazará a los Adjudicatarios Morosos.
  • Artículo 2º Características del servicio:
  • 2.1 Cartas de emplazamiento (notificación a morosos) con distribución bajo puerta o medios alternativos: el objetivo es mejorar la gestión de cobranzas a partir de notificaciones de mora realizadas por una empresa de informes comerciales que permitan persuadir al pago al deudor moroso.
  • 2.1.1 El oferente deberá efectuar el envío de las notificaciones a los adjudicatarios de vivienda morosos que el I.P.V. informe en su momento, debiendo realizar el oferente la impresión de la notificación, el ensobrado y la distribución de las mismas, en caso de tratarse de notificaciones bajo puerta, o bien presentar alguna forma alternativa fehaciente como por ejemplo vía mail, celulares. En el primer caso, tanto el sobre como la carta deberán estar identificados con el logo de la empresa y del IPV.  La empresa de informes comerciales que preste el servicio, deberá encontrarse inscripta en el Registro Nacional de Bases de Datos.
  • 2.1.2 El oferente deberá tener en cuenta la realización de una visita al deudor moroso y hacer entrega de la carta bajo puerta en el domicilio informado por el I.P.V. En caso de optar por una notificación bajo puerta o vías alternativas en forma fehaciente deberá arbitrar los medios para realizar esa notificación de mora.
  • 2.1.3 El oferente deberá devolver al cliente un archivo  con el resultado de la distribución.
  • 2.1.4 La base de datos que entregará el I.P.V, contendrá como mínimo D.N.I, nombre y Apellido del adjudicatario moroso, domicilio completo e importe de deuda.
  • 2.2. Denuncias de Morosidad. Servicio que permita denunciar en un base de datos con alcance local y nacional que el adjudicatario es moroso y brinde la posibilidad de bloquear / restringir en sus operaciones financieras. Este servicio deberá contemplar bases de datos de entidades que operen en el sistema financiero nacional regulado y no regulado.
  • 2.2.1 Una vez realizado el trabajo de envío de cartas y transcurrido el plazo de espera que el IPV considere necesario, el IPV deberá informar al futuro adjudicatario del servicio el nombre de  los contribuyentes que aún continúan morosos con el I.P.V.
  • 2.2.2 La denuncia de morosidad deberá quedar registrada en la base de datos negativa de quien ofrezca el servicio, desde la fecha en que se suministra la base con adjudicatarios en mora informado por el  IPV  hasta que el deudor moroso cancele la deuda e informe dicha situación.
  • 2.2.3 El futuro adjudicatario del servicio deberá habilitar usuarios para que el IPV pueda modificar el estado del contribuyente en forma online desde un acceso web.
  • 2.2.4 La base de datos que aportará el IPV contendrá DNI, Apellido y Nombre, importe de deuda y fecha en la cual ingreso en mora.
  • 2.2.5 La firma proveedora deberá brindar métodos de seguridad informática que aseguren la confidencialidad de la información, los cuales deberán ser incluidos en la propuesta como así también las certificaciones que posea la empresa en relación al tema.
  • 2.2.6 La empresa deberá contar con un procedimiento para la recepción de reclamos por parte de los adjudicatarios morosos intimados y/o denunciados por el IPV, a través de la página Web o atención telefónica

La diferencia con el resto de las bases de clarin, es que permitirían que el propio IPV acceda a la base de datos para retirar del padrón de morosos cuando regularicen su situación. 

 

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