Boletín Oficial

Alberto le puso condiciones al turf y a las reuniones familiares

Lo hizo a través de una decisión administrativa que lleva la firma del jefe de Gabinete Santiago Cafiero y el ministro de Salud Ginés González García. Contempla también las actividades culturales en espacios al aire libre.

MDZ Política
MDZ Política martes, 10 de noviembre de 2020 · 09:33 hs
Alberto le puso condiciones al turf y a las reuniones familiares

Si bien ayer el gobernador Rodolfo Suarez dio una conferencia de prensa en la que anunció el regreso de varias actividades que estaban suspendidas, recién este martes el gobierno de Alberto Fernández oficializó en consentimiento para que eso ocurra. En concreto, se publicó en el Boletín Oficial de la Nación la autorización para que Mendoza desarrolle actividades hípicas, eventos culturales en espacios al aire libre y reuniones familiares.

Así consta en la Decisión Administrativa que lleva la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y el ministro de Salud, Ginés González García. "La Provincia de Mendoza, la cual se encuentra íntegramente alcanzada por las normas de Distanciamiento, Social Preventivo y Obligatorio (DISPO) ha solicitado respecto de las personas afectadas a las actividades relacionadas con la práctica del turf y las desarrolladas en espacios culturales públicos o privados al aire libre, la excepción a las prohibiciones", explica el texto y agrega que también se solicitó una excepción "respecto de las reuniones familiares con un máximo de 10 personas".

Ante esos pedidos puntuales, los cuales llegaron a la Casa Rosada con sus respectivos protocolos, el jefe de Gabinete decidió exceptuar de las prohibiciones a esas actividades.

"Exceptúese de las prohibiciones dispuestas en el artículo 8° incisos 1, 2, 3 y 4 del Decreto N° 875/20, y con el alcance de la presente decisión administrativa, a las personas afectadas a la práctica de actividades hípicas, a las actividades desarrolladas en espacios culturales públicos o privados al aire libre y a las reuniones familiares con un máximo de 10 personas y siempre que dichas reuniones se realicen en espacios abiertos o con adecuada ventilación, todo ello conforme a sus correspondientes protocolos, los que como Anexos forman parte integrante de la presente, ello en el ámbito de la Provincia de Mendoza", señala la normativa.

Por otro lado, el artículo 4 explica que la provincia deberá dictar las "reglamentaciones necesarias" para el desarrollo de esas actividades y que Suarez tendrá la potestad de implementarlas gradualmente, suspenderlas o reanudarlas".

De esta manera, se le da un marco legal a lo anunciado el día de ayer por el gobernador Rodolfo Suarez, que decidió avanzar en la flexibilización de actividades luego de que se confirmara que Mendoza volvía a fase de distanciamiento social. Sin embargo, el gobierno provincial, más allá de la conferencia de prensa, no emitió un decreto provincial que plasmara legalmente las decisiones del mandatario.

"Los o las titulares o responsables de los lugares donde se efectúen las actividades autorizadas deberán garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado establecidas por la jurisdicción para preservar la salud de las trabajadoras y los trabajadores, y que estas y estos lleguen a sus lugares de trabajo sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros, esto último en aquellos supuestos donde los aglomerados o departamentos donde se realicen las actividades alcanzadas por la presente decisión administrativa se encuentren alcanzados por el artículo 9° del Decreto N° 875/20", adhiere la normativa nacional.

Además, ordena que el gobierno de la provincia en conjunto con el Ministerio de Salud haga un "monitoreo de la evolución epidemiológica y de las condiciones sanitarias correspondientes".

"En forma semanal, la autoridad sanitaria local deberá remitir al Ministerio de Salud de la Nación toda la información que se le requiera para evaluar la trayectoria de la enfermedad y la capacidad del sistema sanitario para atender a la población. Si la autoridad local detectare un signo de alerta epidemiológico o sanitario, deberá comunicarlo de inmediato a la autoridad sanitaria nacional", finaliza.

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