La sesión del bochorno

Duro revés para Cambiemos en el conflicto de las sesiones virtuales

La Justicia rechazó el amparo promovido por el interbloque Juntos por el Cambio por la prórroga del protocolo para las sesiones remotas en la Cámara de Diputados. El conflicto se desató en la sesión que la oposición quiso participar de forma presencial y terminó en escándalo.

MDZ Política
MDZ Política martes, 6 de octubre de 2020 · 14:34 hs
Duro revés para Cambiemos en el conflicto de las sesiones virtuales

El juzgado Contencioso Administrativo Federal 1 rechazó hoy el amparo promovido por el interbloque Juntos por el Cambio, contra la decisión que dispuso la prórroga del protocolo para las sesiones remotas en la Cámara de Diputados. El recurso se había presentado luego de que el 1 de septiembre los diputados de la oposición viajaran hasta el Congreso y exigieran sesionar de forma presencial entendiendo que los protocolos de las sesiones telemáticas estaba vencido.

El juez Enrique Lavié Pico explicó que “decidir sobre la pretensión articulada en autos importaría avanzar en torno a una cuestión privativa de otro poder del Estado”. El interbloque opositor judicializó la prórroga que decidió la Cámara en su sesión de principios de septiembre, luego de protestar en el recinto y prometer, a través de su presidente, Mario Negri, que se "impugnaría" la prórroga por todas las vías, incluida la judicial.

El juez falló hoy que “no corresponde al Poder Judicial intervenir y modificar la votación y decisión de cuestiones que son propias de los órganos correspondientes; en el caso, lo dispuesto por la H. Cámara de Diputados de la Nación”.

“La legitimación de los accionantes, en su condición de 'Diputados y Diputadas', se encuentra desprovista de fundamentos, en la medida que 'no fueron privados de ejercer las atribuciones que les asisten como legisladores y, por el contrario, fueron ellos los que opusieron resistencia a desempeñarlas'", se puede leer el el fallo. Además, agrega que la convocatoria ”se emitió de conformidad con el art. 14 del Reglamento, que pone de manifiesto que la modalidad bajo la cual se convocaba a los legisladores sesionar era la telemática".

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