El proyecto que debate Diputados no suspende la movilidad jubilatoria a docentes y científicos
En el capítulo referido a las jubilaciones, menciona la suspensión por 180 días de la actualización automática y en ese lapso, mientras se analiza una nueva fórmula, el Poder Ejecutivo dispondrá de facultades para disponer incrementos por decreto.
La movilidad jubilatoria no se suspenderá por 180 días para los docentes y los científicos, según el dictamen del proyecto de ley ómnibus del Poder Ejecutivo Nacional que se debate en la Cámara de Diputados, ya que ambos grupos tienen sistemas que garantizan un determinado ingreso con relación a los activos.
En el capítulo referido a las jubilaciones, menciona la suspensión por 180 días de la actualización automática y en ese lapso, mientras se analiza una nueva fórmula, el Poder Ejecutivo dispondrá de facultades para disponer incrementos por decreto.
Desde el Sindicato Unido de los Trabajadores de la Educación (SUTE) informaron que sigue en estado de alerta. "Por una parte, para asegurarnos que se cumpla lo comunicado. Por otra parte, para asegurarnos que el régimen general de jubilaciones, en el que se encuentras nuestros/as compañeros/as celadores/as no sea perjudicado igualmente", informaron.
El ministro de Trabajo, Claudio Moroni, explicó ayer a los legisladores que el Ejecutivo va a atender "a los sectores de más bajos ingresos", con lo cual, cuando se otorguen aumentos para todos los jubilados, cobrarán más los que perciben la mínima, y menos los que tengan haberes medios y altos.
Si bien los docentes y científicos no quedarán afectados, la fórmula de movilidad que aplica el sistema previsional de la Anses no se aplicaría a otros regímenes especiales, entre ellos la que se otorga a los ex combatientes de Malvinas o al personal del servicio exterior de la Nación.
Una política similar se aplicó en el gobierno del ex presidente Néstor Kirchner, que implicó el congelamiento de miles de jubilaciones y pensiones que no estaban en la mínima, con lo cual se generaron juicios que llegaron a la Corte Suprema de Justicia que -en la causa de Adolfo Badaro- determinó que había sido inconstitucional y ordenó que la movilidad estuviese en vigencia para todos los jubilados.
La ley ómnibus también prevé cambios en las contribuciones patronales: el artículo 54, faculta al Ejecutivo a establecer incrementos salariales obligatorios para el sector privado y a eximirlos, temporalmente, del pago de aportes y contribuciones.