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Con rechazo del Gobierno avanza la ley "antidespidos"

La oposición a coro firmó el dictamen del proyecto que busca frenar con las desvinculaciones en el Estado y renovar todos los contratos hasta diciembre de 2017.
Foto: Pachy Reynoso/MDZ
Foto: Pachy Reynoso/MDZ

El proyecto de la oposición que declara la prohibición de los despidos establece que los contratos de trabajo en el Estado que venzan serán renovados "automáticamente" hasta el 31 de diciembre de 2017, fecha de caducidad de la denominada "emergencia ocupacional".

El dictamen fue firmado a coro por la oposición y solo es resistida por la alianza oficialista de Cambiemos.

"Quedan prohibidas las cesantías o desvinculaciones dispuestas por el Estado empleador, incluso sociedades del Estado, sociedades anónimas con participación estatal y/o entes públicos no estatales", dice el proyecto en su artículo 4° y agrega: "En los casos del vencimiento del plazo de los contratos, los mismos serán renovados automáticamente hasta la fecha de caducidad de la emergencia laboral".

El texto unificado es un condensado de iniciativas presentadas por los kirchenristas Silvina Frana, Jorge Barreto, el mendocino Alejandro Abraham, Adrián Grana, Lucia De Ponti y Abel Furlán; los peronistas dialoguistas Alberto Roberti, Facundo Moyano y Oscar Romero; la referente de Libres del Sur, Victoria Donda Pérez; los trotskistas Néstor Pitrola y Myriam Bregman.

El proyecto declara que la ley tendrá "efecto retroactivo al 1° de marzo de 2016 y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2017" y que se aplica "a todos los trabajadores que presten servicios tanto en el ámbito público como privado, en todo el territorio nacional": "Quedan prohibidos los despidos sin justa causa dispuestos por los empleadores en el ámbito privado. Los distractos dispuestos en contravención a dicha prohibición serán nulos", dice la iniciativa opositora.

Señala que los despedidos "podrán optar por accionar judicialmente por su reinstalación en el puesto de trabajo más el pago de los salarios de tramitación hasta su efectiva reincorporación, o convalidar la extinción del vínculo".

"La convalidación de la extinción dará derecho al trabajador a percibir el doble de las indemnizaciones derivadas de, y vinculadas con, la extinción del vínculo laboral", agrega. Asimismo, "todo empleador que pretenda despedir o cesantear a un trabajador con invocación de justa causa deberá, previo a la adopción de la medida, sustanciar un procedimiento administrativo tendiente a evitar el despido, en cuyo marco la autoridad administrativa convocará a una audiencia a celebrarse dentro del quinto día hábil con la asociación sindical correspondiente según la legislación vigente y el trabajador involucrado".

"El empleador podrá suspender la prestación laboral, sin pérdida de salario para el trabajador, hasta tanto finalice el procedimiento administrativo", aclara el proyecto.