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Bomba electoral de Pérez contra Cornejo

El gobernador dispuso en el decreto reglamentario de las PASO provinciales que, en caso de simultaneidad electoral, los precandidatos a gobernador no podrán adherir sus boletas a las de más de un candidato presidencial. Esto conspira contra los planes del radical, quien quiere ser el candidato de su partido y el de Macri.
Foto: Nacho Gaffuri/MDZ
Foto: Nacho Gaffuri/MDZ

Francisco Pérez ya dispuso la reglamentación de las PASO y en el decreto pronto a publicarse aparecen condiciones pensadas para tratar de bloquear a su mayor adversario político, el radical Alfredo Cornejo, y que tiene destino de polémica.

MDZ tuvo acceso al texto y se detectó que esta idea aparece plasmada en al menos uno de los artículos: el número 20, que impide a los precandidatos provinciales a adherir sus boletas a las de más de una agrupación nacional.

Esto dice el artículo 20: “En caso de simultaneidad de las Elecciones Provinciales y/o Municipales con las Elecciones Nacionales, las boletas de precandidatos o candidatos en las categorías provinciales y/o municipales, sólo podrán ir adheridas a las boletas de una sola agrupación de carácter Nacional”.

Luego ese mismo artículo señala que “si alguno de los precandidatos o candidatos provinciales o municipales fuera incluido en boletas de más de una agrupación, será emplazado en veinticuatro (24) horas de oficio por la Junta Electoral Provincial, a elegir entre una de ellas, bajo apercibimiento de desestimar las listas en infracción y aplicar a los candidatos o precandidatos infractores la sanción de inhabilitación para presentarse en hasta dos elecciones provinciales y/o municipales según corresponda”.

Otro artículo del decreto, el número 7, fija una condición similar al señalar que “las alianzas o frentes que se conformen para un proceso electoral deberán respetar en su reglamento la máxima establecida en la Ley 8619, en cuanto que ningún candidato o precandidato podrá serlo de más de una agrupación ni para más de un cargo y las agrupaciones sólo podrán adherir sus boletas a las de otra agrupación en aquellas categorías en las que no tengan listas de candidatos propios no pudiendo adherir a más de una lista”.

Es redundante el decreto en este sentido, ya que también el 11 dice que “no se admitirá la participación de ningún precandidato en las listas de más de una agrupación, ni para más de un cargo. Caso contrario el precandidato en infracción será emplazado en veinticuatro (24) horas por la Junta Electoral de cada Agrupación y por la Junta Electoral Provincial en su caso, a que seleccione una agrupación y un cargo de representación, bajo apercibimiento de rechazo de las listas en infracción y de aplicación de sanciones al candidato en infracción”.

El radicalismo dice que esto es ilegal

El Poder Ejecutivo mantuvo hasta anoche en reserva el decreto reglamentario de la ley 8619. Pero apenas trascendió el texto, hubo quienes anticiparon otra discusión dura con la UCR. “Eso es ilegal porque se mete en las adhesiones nacionales. La ley nacional rige las adhesiones y este decreto no lo abarca”, dijo, en una primera lectura del artículo 20 del decreto, el senador radical Juan Carlos Jaliff.

Parece evidente que el decreto busca complicarle los planes a Cornejo, quien quiere ser el candidato a gobernador de al menos dos agrupaciones políticas: el radicalismo y el PRO de Mauricio Macri. 

Con este fin, Cornejo impuso en el último congreso del radicalismo la conformación de un frente opositor amplio, con el PRO incluido, pero según el decreto de Pérez no podrá adherir su boleta a la del candidato presidencial Mauricio Macri, ya que los radicales y el macrismo, por lo menos hasta hoy, se encuentran en agrupaciones nacionales diferentes.

PASO simultáneas

Esta cláusula del decreto de Pérez se conecta con una decisión no oficializada en el decreto, pero sí manifestada por los hombres más importantes del Gobierno: las PASO provinciales se harán en la misma fecha que las nacionales.

Por lo menos eso indicó esta semana el vicegobernador Carlos Ciurca, al sostener que el deseo de Pérez es no separar las fechas de las primarias nacionales y provinciales.

Si ambas elecciones se realizan juntas, la idea del Gobierno es que Cornejo no pueda ser el candidato a gobernador del radicalismo y el PRO. Esa línea marca el decreto, que también abunda en consideraciones respecto de la publicidad electoral. 

Hay que recordar que el radical introdujo en el presupuesto 2015 la condición de que el Estado pague las campañas, en contradicción con un decreto de Pérez que suspendió esta parte de la ley 8619.

El artículo 33 remarca la postura oficial, al sostener que “en caso que no se hubiesen realizado los Convenios Nación – Provincia – Municipios correspondientes o el Poder Ejecutivo Provincial no contara con la partida presupuestaria específica para atender el gasto para publicidad electoral, al momento de la convocatoria a primarias y/o elecciones generales provincial o municipales, queda suspendida para las elecciones provinciales y/o municipales respectivas la obligación establecida en la Ley 8619 a cargo del Estado Provincial de financiar las campañas de publicidad electoral de las agrupaciones políticas en emisoras de radiodifusión televisiva o sonora abierta y/o por suscripción, y/o en la vía pública y/o en medios gráficos y/o por cualquier otro medio “.

El mismo artículo indica que “en función de lo expuesto precedentemente quedará también suspendida para las elecciones provinciales y/o municipales que se realicen sin haber suscripto los convenios Nación- Provincia- Municipios y/ o que no cuenten con la partida presupuestaria específica, la prohibición dispuesta por la Ley 8619 a las Agrupaciones Políticas de contratar en forma privada, por sí o por terceros, la publicidad electoral en emisoras de radiodifusión televisiva o sonora abierta o por suscripción, en la vía pública, en medios gráficos y/o cualquier otro medio, quedando habilitados los medios de comunicación a la venta de espacios publicitarios electorales y los privados a su contratación, dentro de los plazos establecidos por la Ley 8619”. 

El decreto de Pérez habla por último de la representación de las minorías al establecer que el sistema de distribución de candidaturas “deberá dar participación proporcional a las minorías” y respetar el cupo femenino.