Petróleo y polémica a 150 metros del agua
¿Petróleo o agua? ¿Nafta, o frutas y verduras? ¿Súper, o transparente y mineral? ¿Producción agrícola o explotación de hidrocarburos? Mal momento para preguntar, a causa de la crisis energética. Pero el difícil equilibrio entre estas actividades que deben convivir se ha quebrado muchas veces en Mendoza, donde todavía no se sabe con claridad por qué hay acuíferos contaminados en El Carrizal. El desastre ambiental que en décadas pasadas dejaron en aquella zona y en Ugarteche varias empresas petroleras se ve, se toca y se huele en la tierra yerma y el agua salada. Y ahora hay un nuevo –y apasionante- capítulo de la pelea por el agua. No hace falta decir cuánto vale un humedal en el desierto… Pero… ¿Y el petróleo?
Un equipo de MDZ Online recorrió ayer la zona aledaña al pozo Bs.a-18. El arroyo El Carrizal corre entre campos de zanahoria y ajos y desemboca en el embalse. En sus riberas crecen berros silvestres que no se pueden comer. Los lugareños dicen que están afectados por “la contaminación que absorben del agua”. A unos pocos metros de allí funciona el pozo de la polémica que ya extrae petróleo en pleno Carrizal, aunque en el mundo petrolero prefieren llamarle Barrancas. La diferencia no es de sustantivos. El Carrizal es zona de riego y Barrancas, “secano”.
Según testimonios recogidos en el lugar el pozo habría entrado en producción el domingo último, aunque fuentes extraoficiales dijeron que ya llevan un mes sacando petróleo. Ayer se veía a tres operarios trabajando y un cuarto vigilando los accesos desde adentro de una camioneta.
La zona ya sufrió el impacto petrolero. José Cassio presentó el 28 de septiembre de 1999 una denuncia ante la secretaría legal y Técnica de la Dirección de Control Ambiental argumentando que "represas que usaba la empresa como vertederos de residuos" afectaban el agua del pozo con que regaban los cultivos de la finca familiar. Cassio se presentó como denunciante en nombre de Luis, su padre, quien falleció tiempo después.
"Todas las fincas en las que desemboca el agua se secaron con esta filtración, mi padre -Luis Cassio-, regaba con agua de pozo y se le secó el parral que tenía con uva moscatel y uva cereza, que era la fuente de vida que tenían él y mi madre. Falleció mi padre a consecuencia de esto, lo dejaron sin medio de vida, Repsol lo dejó sin medio de vida", acusó el hombre.
Una de las represas o vertederos de los que habla Cassio aún continúa a la vista.
LA PELEA LEGAL
La trama legal del pozo petrolero es tan compleja como la química que compone las partículas del hidrocarburo. Pero vamos a cortar el elefante en rodajas:
-El 12 de noviembre del año pasado, José Cassio Guerra iba a la casa de familiares que tiene en la zona de “El Carrizal de Abajo” y vio en la ex finca Arizu una torre de perforación petrolera. Les preguntó a los operarios por alguna autorización para realizar un pozo allí, y le dijeron que trabajaban para una empresa de servicios que en ese momento hacía tareas para YPF.
-Al día siguiente, el 13 del mismo mes, el productor hizo una presentación en la Dirección de Protección Ambiental de la provincia pidiendo que cesen las operaciones a causa del riesgo contaminante, y que se informe si YPF había cumplido el proceso de autorización. Luego amplió la presentación informando él mismo que no se habían cumplido pasos en los que debía intervenir el Departamento General de Irrigación.
-Cinco días después, el 18 de diciembre, Cassio y Rubio formalizaron una denuncia penal por incumplimiento de sus deberes de funcionarios contra el titular de la DPA Gonzalo Dávila, el titular de Irrigación José Luis Álvarez, el inspector de cauces del arroyo El Carrizal y el intendente de Luján de Cuyo, Carlos López Puelles. Al día siguiente hacen una presentación en la Fiscalía de Estado.
-El 26 de noviembre, Cassio le informó a la DPA que debe haber una distancia mínima entre pozos petroleros y cursos de agua, de 800 metros, de acuerdo a la Misión Ramsar de Asesoramiento en el caso de la explotación en Llancanelo. También les pide que den participación a Irrigación, algo que no ocurre hasta que un fiscal les corre vista, después de la denuncia.
-El 2 de diciembre Cassio se transformó en querellante con un abundante escrito, y el 30 de diciembre antes de los últimos minutos hábiles del año pidió la habilitación de feria para poder apelar una resolución de la fiscal Ríos a favor de la autorización del pozo, algo que finalmente le fue concedido ayer.
Durante todos estos trámites, ni uno solo de los organismos oficiales le dio respuesta a Cassio. Sólo comenzaron a moverse cuando apareció la denuncia penal.
Antes de todo esto, el 1 de noviembre, Cassio y su abogado le habían escrito al gobernador Francisco Pérez para saber si se había creado el “Consejo de Coordinación y Seguimiento de las condiciones socio económicas, sociales y ambientales de la zona de Ugarteche-Carrizal, departamento de Luján de Cuyo”. El productor lo hizo en su condición de afectado por la contaminación petrolera en Ugarteche, de lo que culpa a YPF según la nota que ha presentado.
LAS INCONGRUENCIAS
Cuando la denuncia por la presunta autorización del pozo ingresó a la primera de las fiscalías que la trató, comenzaron a aparecer los papeles. El 10 de diciembre del año pasado, José Luis Álvarez y Juan Pablo Yapura, Superintendente General de Irrigación y jefe de gabinete del organismo, firmaron una comunicación diciendo que “no se ha otorgado autorización ni habilitación para la construcción del pozo Bs.a-18 atento a que el Departamento General de Irrigación no es autoridad competente respecto de pozos que extraen hidrocarburos”. Es raro, porque la resolución 778/96 del Honorable Tribunal Administrativo de Irrigación, una pieza jurídica que establece el Régimen de Protección de la Calidad de las Aguas, establece en su capítulo V la estricta competencia en la habilitación de la actividad de empresas petroleras y petroquímicas. Esa resolución hoy vigente puede consultarse aquí. Más increíble resulta que en el mismo escrito, Yapura y Álvarez citan esa misma resolución, para informar que habían enviado una inspección al pozo, cuyo acta no produjo novedades de relevancia salvo certificar la cercanía del pozo al agua dulce: 150 metros.
Es una pena que ni Álvarez ni Yapura hayan podido ser consultados sobre esta aparente incoherencia. El superintendente está de vacaciones, y Yapura –en apariencia- ha estado muy ocupado en reuniones como para atender al medio.
Hay otro documento importante en esta historia. Se trata de la resolución 278-13 de la Dirección de Protección Ambiental de la provincia, cuando Ambiente era Secretaría y a el responsable era el actual Ministro de Energía Marcos Zandomeni.
Una resolución previa de la DPA también firmada por Dávila pide que el DGI participe de las decisiones. La resolución 217/13 aprobó en general los trabajos propuestos por YPF y, en el artículo 2º se estableció claramente que: "...la empresa YPF S.A. deberá dar cumplimiento con carácter obligatorio para el proyecto de referencia las recomendaciones mencionadas en los informes técnicos 631/13 y 677/13 y en el Dictamen Técnico de la Facultad de Ingeniería de la UNC…" ¿Qué más se necesitaba para llamar a Irrigación antes y no después de autorizar el pozo?
Dávila ensayó una defensa y dio sus explicaciones en el programa “Hacete cargo” de nuestra MDZ Radio. “El expediente está impecable a nuestro juicio, se han hecho una serie de inspecciones. (…) el director de Asuntos Ambientales nos pidió que lo acompañáramos al lugar, recorrió la zona y no nos hizo ninguna objeción. (…) Estamos confiados en que hemos cumplido con todo lo que tenemos que cumplir. La denuncia es porque según esta persona el pozo estaría perforado en una zona donde el Departamento General de Irrigación no lo permite, pero en realidad está cerca de esa zona aunque fuera de ella” explicó el funcionario. En realidad la denuncia no es por eso, sino por el trámite irregular de habilitación. “Hay muchísimos pozos en esa zona, ya que es el yacimiento más antiguo de Mendoza” dijo Dávila. Y después de explicar la incidencia de los pasivos ambientales explicó que “Siempre se le da aviso a Irrigación. De todas maneras, cada tipo de perforación está reglamentado quién debe intervenir. En todos los casos, hay un dictamen obligatorio de la Facultad de Ingeniería de la UNCuyo”. Lo que Dávila omitió explicar es que el dictamen que cita de la UNCuyo pide la participación de Irrigación, y que el aviso al DGI se hizo después de autorizar el pozo y no antes, como aclaró más tarde por teléfono.
La historia de este pozo recién comienza. Lo peor que podría pasar es que se obligue al gobierno a consultar a Irrigación, que el DGI deba hacer los dictámenes, y que mientras tanto la producción del pozo sea suspendida como ocurrió con el “Pozo Abraham” de la misma zona en 2003 por orden de Carniello. Claro que ello significaría de inmediato menos ganancias para YPF y para el estado provincial.
Los denunciantes ponen foco en que no hubo declaración de impacto ambiental pero en el gobierno discuten que no es necesaria porque el yacimiento es viejo, y que no se trata de una nueva explotación. El artículo 27 de la Ley 5961 es el que obliga a obtener una DIA para “Todos los proyectos de obras o actividades capaces de modificar, directa o indirectamente el ambiente del territorio provincial”, que “deberán obtener una declaración de impacto ambiental expedida por el Ministerio de Medio Ambiente, Urbanismo y vivienda o por las Municipalidades de la provincia (…) Sin embargo un decreto reglamentario de esa ley firmado en 1994 supone excepciones en la que YPF o las autoridades que aprobaron este pozo sin pedir una DIA (y audiencia pública) podrían ampararse.
Aun siendo opinable la necesidad de la DIA, el agravante es el no haber dado a Irrigación la participación obligada por las regulaciones ambientales de Mendoza, que son exigentes.
Aquí no se trata de que no se saque petróleo. Si no de que se lo haga bien, cumpliendo a rajatabla las regulaciones ambientales sobre todo en zonas donde aún no han sido resueltos los pasivos ambientales de años atrás. Es decir, aún hay contaminación y se agregan pozos cerca del agua, sin cumplir –en apariencia, lo dirá la justicia- el proceso completo.
Está bien que hay que producir más. Pero el Estado, la Justicia, YPF, los organismos de control, deben velar exhaustivamente por el agua. Sin agua no habrá nada. Tampoco petróleo.
Colaboró: Bárbara del Pópolo
Documentación consultada, entre otros:
Informe Técnico Nº 375/13 del 9 de mayo de 2013 firmado por los ingenieros Martín Oro y Gerardo Figueroa (Área Petróleo-Dirección de Protección Ambiental) A fojas 114 del expediente de autorización bajo el título "Recomendaciones Generales".
Dictamen Técnico de la Facultad de Ingeniería de la UNCuyo firmado por la Ingeniera Susana Llamas el 23 de julio de 2013: fs. 127 bajo el título "Recomendaciones" (Textualmente el punto dice: "Es importante verificar por la Autoridad de Aplicación, el cumplimiento del Anexo V de la Resolución 778/96 del Departamento General de Irrigación").
Informe Técnico Nº 631/13, 16 de julio de 2013, elaborado por Raúl Magnien y firmado por el Ingeniero Figueroa de la DPA; fs. 137: textualmente dice: bajo el título de "Recomendaciones Particulares": "Presentar perfilajes de los pozos, con su interpretación correspondiente, de acuerdo a lo establecido en Anexo V de la Resolución 778/96 del Departamento General de Irrigación". A su vez, a fs. 140 de este informe, bajo el título "Recomendaciones Generales" se insiste en la intervención previa del DGI.
Informe Técnico 677/13 del 31 de julio del año pasado, firmado por Figueroa y Fernando Musa (DPA), bajo el título de Recomendaciones Generales, a fs. 147 reitera la necesidad de intervención del DGI.
Resolución 778/96 del HTA del DGI. Régimen de Protección de la Calidad de las Aguas.
Decretos 1684/07 y 2109/94 de la provincia de Mendoza.