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El decreto 699 puede hacerle mucho daño a Mendoza

La norma firmada por la presidenta Cristina Fernández no sólo extiende por 15 años más los beneficios impositivos de los que ya gozan las industrias radicadas en San Juan, San Luis, La Rioja y Catamarca, sino que habilita a las provincias, con aval de la Nación, a que otorguen nuevos beneficios por ampliación o cambios de rubro.
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La Cámara Federal de Mendoza volvió a poner en el centro de la escena política y económica al decreto 699/2010, una norma que puede hacerle mucho daño a Mendoza, ya que extiende por 15 años la promoción industrial en las provincias vecinos y le abre la puerta a la inclusión de nuevos proyectos para que gocen de beneficios impositivos.

Con su fallo de rechazó a un recurso de amparo presentado por empresarios de San Rafael para frenar la ampliación de la Promoción Industrial en las provincias vecinas, la Cámara Federal le allanó el camino a la Nación para que aplique el decreto que beneficia a San Juan, San Luis, La Rioja y Catamarca con la extensión de ese régimen.

Si bien se está discutiendo hoy si la caída del recurso de amparo interpuesto por empresarios de San Rafael le da vía libre o no a la aplicación del decreto 699/2010, lo cierto es que esta norma cambia radicalmente las cosas para Mendoza y las provincias vecinas. Uno a uno, esto es lo que se vendría si el decreto entra en vigencia, según detalla el propio Decreto 699/2010 y explica a MDZ Enrique Vaquié, ex ministro de Hacienda, asesor económico y candidato a diputado nacional por la UCR:

1- Prórroga por dos años: El decreto 699, en su artículo 1º, extiende por dos años más el plazo de vigencia de los beneficios promocionales en el Impuesto a las Ganancias y en el Impuesto al Valor Agregado (IVA), acordados en la Ley Nº 22.021 y sus modificaciones y extensiones, a las empresas industriales efectivamente radicadas en el territorio comprendido en aquéllas, con las limitaciones y condiciones determinadas en la presente medida. A tales efectos, el porcentaje de beneficios será el correspondiente al año 2009, no pudiendo exceder en ningún caso el 45% de la carga total. Esto implica que las empresas ya radicadas en San Juan, San Luis, La Rioja y Catamarca, y que cuentan con los beneficios de la Promoción Industrial, podrán contar con rebajas impositivas de hasta el 45% en el caso de Ganancias y pago de IVA.

2- Ampliación por 15 años: Las provincias promocionadas, como autoridades de aplicación del régimen, podrán aprobar durante el año de entrada en vigencia de la presente norma y el inmediato siguiente (dos años de plazo), “ampliaciones de proyectos industriales vigentes tendientes a fortalecer el proceso de industrialización de la provincia”. Se entiende por ampliación, las inversiones que hagan empresas ya promocionadas para incrementar su capacidad de producción “y/o la complementación de la actividad originalmente promovida a los fines de integrar la cadena de valor de la rama industrial de que se trate”, lo que habilita cambios u apertura de nuevos rubros productivos. Para esto, según el artículo 5º del decreto 699, los proyectos de inversión para ampliación de la capacidad instalada deberán arrancar “antes del 31 de diciembre de 2012 y contemplar “niveles mínimos de personal ocupado, inversión y producción correspondientes a la ampliación”.

3- Nuevos cupos y beneficios: Asimismo, el decreto 699/2010, también en su artículo 5º, habilita la entrega de beneficios promocionales en el Impuesto a las Ganancias e IVA, acordados en el marco de la Ley Nº 22.021 y sus modificaciones, a “nuevos proyectos industriales, por un término máximo de 2 años contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente medida”. Estos nuevos proyectos se encontrarán sujetos al cumplimiento de las siguientes condiciones: a) limitación del beneficio impositivo al 40% de la masa salarial total del proyecto promovido; b) su aprobación por parte del Ejecutivo Nacional; y c) deberá preverse la promoción de mecanismos tendientes a la generación de competencia. El decreto 699 habilita, en consecuencia, un plazo de dos años para que los Gobiernos de las provincias promocionadas otorguen beneficios fiscales por 15 años a nuevos proyectos industriales. O sea, que por los próximos dos años desde la puesta en vigencia del decreto 699 se podrán sumar empresas y proyectos nuevos a la promoción industrial.

4- Autoridad de aplicación: Según consta en el artículo 6º del decreto 699, la autoridad de aplicación del régimen de Promoción Industrial serán los Gobiernos de las provincias, aunque cada nuevo proyecto o ampliación de uno ya existente deberá contar con un “dictamen vinculante” del Ministerio de Industria de la Nación. Pero este dictamen deberá ser emitido por la Nación en un plazo máximo de 30 días desde el dictado de la aprobación hecha por cada provincia. Si transcurrido ese plazo no está el aval nacional, se da por aprobado el nuevo proyecto o ampliación.

5- Aval nacional: El decreto 699/2010 fue firmado en mayo de 2010 por Cristina Fernández, el jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, y los ministros Amado Boudou, de Economía, y Débora Giorgi, de Industria y Turismo. Pero el decreto claramente extiende la promoción otorgada originalmente a La Rioja por una ley de la última dictadura, firmada en 1979 por Jorge Rafael Videla, José Alfredo Martínez de Hoz y Albano Harguindeguy. Reynaldo Bignone extendió los beneficios primero a Catamarca y San Luis y luego a San Juan.