La Corte aceptó la competencia en planteo de mineras por la Ley de Glaciares
El alto organismo declaró su "competencia originaria" en tres causas relativas a la explotación en Pascua Lama, San Juan, en las que se cuestiona la constitucionalidad de la ley. La actividad minera en esa zona es cuestionada por organismos ambientalistas por el fuerte impacto ecológico negativo en la provincia.
La Corte Suprema de Justicia declaró su "competencia originaria" en tres causas en las que se cuestiona la constitucionalidad de la Ley de Glaciares por parte de empresas multinacionales que explotan yacimientos mineros bajo la modalidad de "a cielo abierto".
Fuentes judiciales informaron que el Tribunal resolvió ser competente en tres causas iniciadas por las empresas Barrick Exploraciones Argentinas, Minera Argentina Gold y Asociación Obrera Minera, y de esta manera todos los expedientes tramitarán en la Corte.
Las tres causas son relativas a la explotación del yacimiento sanjuanino de Pascua Lama, en las cuales las mineras continúan operando gracias a la sanción de medidas cautelares que posibilitaron la continuidad de dicha actividad.
La actividad minera en esa zona es cuestionada por organismos ambientalistas por el fuerte impacto ecológico negativo en la provincia.
Mediante las medidas cautelares se suspendió la aplicación de artículos de la ley 26.639, también denominada "Régimen de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial", las cuales están destinadas a la preservación del medio ambiente.
En los planteos presentados ahora ante la Corte, las mineras cuestionaron la Ley de Glariares "por entender que fue sancionada en violación al procedimiento previsto por la Constitución Nacional para la formación de las leyes".
En los planteos presentados ahora ante la Corte, las mineras cuestionaron la Ley de Glariares "por entender que fue sancionada en violación al procedimiento previsto por la Constitución Nacional para la formación de las leyes".


