Prohíben imágenes religiosas en espacios públicos de Godoy Cruz
Ni la virgen María, ni Gilda. Tampoco un cruz, la estrella de David, la Difunta Correa ni el Gauchito Gil. La Municipalidad de Godoy Cruz prohibió la instalación de ermitas, santuarios y cualquier avocación religiosa en los espacios públicos de ese departamento. La decisión la tomaron los concejales, que sancionaron la ordenanza 5947, norma que fue promulgada “de hecho”.
De esa manera, no se pueden colocar vírgenes, santos, ni tampoco ninguna imagen de “santos populares”. Los ediles argumentan la propuesta asegurando que el Estado es laico y que tiene como objetivo “lograr equidad e igualdad entre todos los cultos y religiones, como así también procurar el ordenamiento del espacio público”.
La normativa establece que los credos deben restringir el levantamiento de esos santuarios a sus propias instalaciones. Por eso, la Municipalidad ahora tiene la potestad de retirar las imágenes religiosas que se instalen en la vía pública.
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No se puede
“No se permitirá la construcción o emplazamiento de ermitas, sagrarios, monumentos e imágenes de culto en espacios públicos del departamento”, establece el primer artículo de la ordenanza. La salvedad que se hizo es que se respeta el “derecho adquirido”. Es decir, se van a dejar las vírgenes o imágenes religiosas que ya estén instaladas, siempre y cuando estén en buen estado de conservación. Caso contrario “el Departamento Ejecutivo comunicará a quién corresponda y procederá a su retiro”. Otra excepción es que sí se permiten los actos religiosos, pero con instalaciones siempre temporales.
Uno de los argumentos usados es un fallo de la Corte Suprema de la Nación, donde, a pedido de la ADC, ordenó retirar un santuario por lesionar el derecho igualitario a las personas” y teniendo en cuenta el artículo 16 de la Constitución Nacional.
En Twitter: @icardipablo


