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Impuesto al cheque en el Senado: constitucionalista asegura que no fue irregular

En el marco de la discusión que se ha dado en las últimas horas respecto a la sanción por parte del Senado de la Nación de la modificación al impuesto al cheque, MDZ consultó a una abogada especialista en derecho constitucional.Por qué la letrada asegura que debe analizarse en contexto la votación del Senado y cómo debe ser entendida la cuestión técnica de fondo.
La especialista dice que la norma es legal. Foto: gentileza Iprofesional
La especialista dice que la norma es legal. Foto: gentileza Iprofesional
Luego de que el Senado de la Nación votara la modificación de aspectos sustanciales del impuesto al cheque, el oficialismo y la oposición han comenzado una suerte de pulseada que intenta llevar agua a los molinos de cada uno. El primer grupo intenta viciar de nulidad el trámite, argumentando que es inconstitucional; el segundo, jura y perjura que se cumplieron todos los pasos que exige la Carta Magna. Para dirimir la discusión, MDZ consultó a Gabriela Abalos, abogada especialista en derecho constitucional. He aquí su análisis profesional.

“El análisis de la Constitución Nacional se basa en tener en cuenta todos los artículos que se refieran al tema, no puede pretenderse que sólo un artículo o un inciso, como por ejemplo el inciso 3 del artículo 75 en este caso, pueda interpretarse sin tener en cuenta el artículo previo, el artículo 2, ya que uno está relacionado con el otro.”

“Conforme a la reforma de la Constitución, las pautas de la coparticipación deben estar fijadas en una ley convenio que supone un mecanismo especial donde las provincias intervienen previamente, a través de acuerdos a los cuales deben servir de bases a esta nueva ley que debe ser aprobada con mayoría absoluta, o sea más de la mitad de los votos de cada cámara.”

“Una vez que se sanciona esta ley y con esa mayoría, el inciso tercero establece que, cuando quieran modificarse asignaciones especiales de recursos que tengan que ver con el inciso anterior, deberá aprobarse con otra ley que tenga la misma mayoría que la ley de coparticipación, o sea mayoría absoluta.”

“En esta interpretación armónica resulta acertado el constituyente en decir que si la ley de coparticipación va a tener una mayoría absoluta para ser aprobada, entonces las asignaciones especiales también deben ser tomadas con la misma mayoría. Con esta interpretación se pretendía que no se pudiese, luego de ser sancionada la ley convenio que, por ejemplo el gobierno nacional, cambiara una asignación de recursos con una ley con mayoría simple que burlase la ley convenio.”

“Hoy tenemos que esta ley convenio no se ha dictado, por lo tanto no hay Ley de Coparticipación anterior al año 94 aprobada con este mecanismo y esta mayoría. En realidad, la ley de cheques fue modificada en 2006 con una mayoría simple, en el marco de una modificación que hoy afecta el interés del Estado nacional, ya que le reduce los recursos.”

“La interpretación de mayoría absoluta que ha dado el oficialismo es un error, es antojadiza, porque aplican el inciso tercero pero no el segundo, lo cual no es admisible. Hoy cualquier modificación que no se haya aprobado bajo el inciso segundo, no puede ser pasible de aplicación de la mayoría absoluta.”

“Si no se cumplió con el inciso segundo, no puede cumplirse el tercero. Hay que verlo en contexto: si tuviésemos la ley de coparticipación aprobada bajo una mayoría absoluta, deberían aprobarse las modificaciones con la mayoría absoluta, pero eso no sucedió. El gobierno toma un artículo aislado y lo interpreta a su antojo.”

“Bajo esta interpretación, la sanción dada por el Senado es correcta. La Constitución debe respetarse como un todo, no por partes.”