Debate: afirman que es "ilegal" que Joaquín De Rosas siga al frente de la Fiscalía de Estado
Pasan los meses y el Poder Ejecutivo sigue sin enviar a la Legislatura el pliego del funcionario que ocupa ese cargo. ¿Es legal esta situación? MDZ consultó a constitucionalistas que no dejaron lugar a dudas. Uno de ellos señaló incluso que todos los actos realizados por el fiscal subrogante son "nulos", según la Constitución provincial.
El cargo de Fiscal de Estado es uno de los más delicados de la administración pública. Siendo la persona que debe controlar y defender la cosa pública y los actos de Gobierno, la elección del profesional que ocupará ese puesto debe ser una tarea sumamente cuidadosa.
En Mendoza, desde junio de 2009 ese cargo está vacante luego de la renuncia del fiscal Pedro Sin. Si bien lo ocupa interinamente el abogado Joaquín de Rosas, su pliego aún no ha sido enviado por el Poder Ejecutivo provincial –léase Celso Jaque- a la Cámara de Senadores como exige la ley. Ergo, De Rosas se encuentra subrogando un cargo de enorme relevancia a nivel gubernamental sin estar confirmado.
¿Es legal que esto ocurra? ¿Puede el Poder Ejecutivo mantener a un subrogante en un cargo de tal magnitud? ¿No influye esta situación en sus actos de gobierno?
MDZ consultó esas dudas a dos prestigiosos abogados constitucionalistas. La primera ha sido la Dra. María Gabriela Ábalos, quien admitió que De Rosas, en las condiciones que se encuentra en la actualidad, “no posee las garantías que debe tener un fiscal de Estado”.
-¿Es legal que ese puesto esté siendo subrogado interinamente sin envío del pliego pertinente?
-No, por lo pronto la Constitución tiene ciertas previsiones respecto a las particularidades del cargo que, por lo que hoy se advierte, no están dándose. Por ejemplo, la estabilidad en la función, que hoy no ocurre.
-Insisto en preguntar, ¿es ilegal la situación de De Rosas?
-Lo legal es lo que la Constitución dice. No hay otra manera de ver las cosas.
-¿Influye la no confirmación oficial en su desempeño profesional?
-Por supuesto, ya que no tiene libertad de acción en su trabajo.
En el mismo sentido, este diario consultó a otro especialista, el Dr. Juan Armanague, quien opinó de manera similar.
-¿Es legal que el cargo de fiscal de Estado esté siendo subrogado interinamente sin envío del pliego pertinente por parte del Poder Ejecutivo?
-Hay un artículo de la Constitución de la provincia que no deja lugar a dudas. Se trata del artículo 43 que dice que “los nombramientos de funcionarios y empleados que hagan los poderes públicos prescindiendo de los requisitos enumerados o exigidos por esta Constitución, son nulos”. De Rosas nunca ha sido confirmado por el Senado, así que está en una situación de nulidad absoluta.
-¿Influye la no confirmación oficial en su desempeño profesional?
-Desde ya, pero hay algo peor: los actos que él firme, de acuerdo a la Constitución son nulos.
Las palabras de ambos especialistas no dejan lugar a dudas respecto a la ilegalidad de la medida sostenida por el Ejecutivo provincial. MDZ intentó comunicarse con De Rosas para escuchar su opinión al respecto, pero la única respuesta ha sido el más elocuente silencio.
Es el mismo mutismo que permite que el Poder lo mantenga en una suerte de limbo legal.
-No, por lo pronto la Constitución tiene ciertas previsiones respecto a las particularidades del cargo que, por lo que hoy se advierte, no están dándose. Por ejemplo, la estabilidad en la función, que hoy no ocurre.
-Insisto en preguntar, ¿es ilegal la situación de De Rosas?
-Lo legal es lo que la Constitución dice. No hay otra manera de ver las cosas.
-¿Influye la no confirmación oficial en su desempeño profesional?
-Por supuesto, ya que no tiene libertad de acción en su trabajo.
En el mismo sentido, este diario consultó a otro especialista, el Dr. Juan Armanague, quien opinó de manera similar.
-¿Es legal que el cargo de fiscal de Estado esté siendo subrogado interinamente sin envío del pliego pertinente por parte del Poder Ejecutivo?
-Hay un artículo de la Constitución de la provincia que no deja lugar a dudas. Se trata del artículo 43 que dice que “los nombramientos de funcionarios y empleados que hagan los poderes públicos prescindiendo de los requisitos enumerados o exigidos por esta Constitución, son nulos”. De Rosas nunca ha sido confirmado por el Senado, así que está en una situación de nulidad absoluta.
-¿Influye la no confirmación oficial en su desempeño profesional?
-Desde ya, pero hay algo peor: los actos que él firme, de acuerdo a la Constitución son nulos.
Las palabras de ambos especialistas no dejan lugar a dudas respecto a la ilegalidad de la medida sostenida por el Ejecutivo provincial. MDZ intentó comunicarse con De Rosas para escuchar su opinión al respecto, pero la única respuesta ha sido el más elocuente silencio.
Es el mismo mutismo que permite que el Poder lo mantenga en una suerte de limbo legal.

