Mensajes de texto y militancia 2.0 por el Sí a la reforma constitucional
Seguramente usted ha recibido o podrá recibir de aquí al 28 un mensaje de texto como el siguiente: “Votemos SI a la reforma para que se renueve la política y no se atornillen los intendentes. ¡Involucrémonos y no nos quedemos en la queja! Si estás de acuerdo, ¡¡pasálo!!”.
Te puede interesar
Es ley la ampliación del uso de armas de fuego para los policías
El "Sí" significa que el votante está de acuerdo con que los intendentes sólo sean reelegidos una sola vez consecutiva. Es decir que quien vote por "Sí", está de acuerdo con la reforma del artículo 198.
En cambio el "No" querrá decir que el sufragante está de acuerdo con que los intendentes sean relecctos indefinidamente tal como están habilitados ahora. O sea que quien vote por el "No", no quiere que se modifique el artículo 198.
Tras el acuerdo legislativo e noviembre de 2007 que dio paso a este referéndum, todos los partidos mayoritarios (la Unión Cívica Radical, el Partido Justicialista y el Partido Demócrata) casi han obviado el tema en la campaña. Sin decirlo públicamente apuestan a que la pretendida reforma se “caiga” y las cosas sigan como hasta ahora. Es decir, con fuertes liderazgos territoriales que se reiteran una, dos y hasta tres veces, al mejor estilo de los feudos. O, en el peor de los casos, en cargos que se transforman en bienes heredables a hermanos y parientes como pretenden Omar Félix y Adolfo Bermejo en San Rafael y Maipú. Pero también, como antes lo hizo el radical Sergio Pinto en La Paz.
Mientras el gobierno provincial ha salido sólo dos semanas antes a difundir, tibiamente, en qué consiste la reforma, los partidos directamente no lo han incluido en sus piezas de comunicación política. Para colmo de males, cierta confusión popular producto de la desinformación, tiende a hacer creer que quien vote “No” le está negando el paso a la perpetuación de intendentes, lo cual en la práctica, tiene la significación inversa.
El asunto más delicado, y el que esconde las secretas esperanzas de la corporación multipartidaria es la interpretación del artículo 221 de la Constitución sobre la validez del referéndum. En su oportunidad, la Suprema Corte interpretó que para que una opción puesta a consideración de la ciudadanía pudiera tener validez debería estar votada por la “mitad más uno del padrón de electores”.
Esto, en términos duros resulta casi un imposible, si se tiene en cuenta la cantidad de gente que si bien figura en el padrón, ha fallecido, no tiene la obligación de votar o directamente no vota porque no puede o no quiere a pesar de la obligatoriedad. Así, y en ocasión de la modificación por la puja con los jueces, se ha solicitado que la validez de una consulta de estas características sea dada por la “mitad más uno de los votantes efectivos”.
En esta diferencia de interpretación sobre la mayoría, reside la maquiavélica intención de dejar fuera de combate a una modificación necesaria para la salud de las instituciones y el vigor de la vida política.
Mientras tanto, y a fuerza de mensajes de texto, o a través de un sitio especialmente creado (www.votemosporelsi.com.ar), mediante la militancia cívica en las redes sociales como Facebook, el aporte de las organizaciones sociales como Favim y Oikos, o en la sede que algunos dirigentes han habilitado, se busca movilizar a un electorado apático pero que no dudará en quejarse cuando en breve, los caudillos de siempre sigan haciendo de la democracia una dependencia más de sus eternos caprichos.

