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El Senado dio sanción definitiva a las reformas judiciales en hechos con delincuentes sorprendidos "infraganti"

Con esta medida, se busca agilizar los plazos procesales de aquellas personas que son sorprendidas y detenidas en el mismo momento en el cual están cometiendo el delito.

La medida busca agiilizar los procesos de aquellas delincuentes sorprendidos infraganti. 

La medida busca agiilizar los procesos de aquellas delincuentes sorprendidos "infraganti". 

Mercedes Rus

El Senado de Mendoza dio sanción definitiva al proyecto que modifica el régimen de flagrancia en el Código Procesal Penal, iniciativa impulsada por el Gobierno provincial y que tiene como objetivo agilizar los procesos judiciales en casos en los que el delincuente sea sorprendido "infraganti". La norma fue aprobada por 27 votos a favor y 7 en contra, y ahora deberá ser promulgada por el Ejecutivo.

Si bien en la legislación vigente existe un procedimiento de flagrancia, desde el oficialismo aseguran que esta actualización pretende "mejorar la aplicación práctica" de un mecanismo que "presenta dificultades".

En ese sentido, la iniciativa apunta a agilizar la respuesta penal ante delitos como el robo y el hurto mediante la modificación de los plazos que tiene la Justicia para formular imputaciones y la ampliación a diez días hábiles para la recolección de pruebas. La idea es que esto permita "asegurar la investigación y lograr procesos más sólidos y más rápidos que el procedimiento actual”.

Los nuevos plazos

Uno de los principales cambios es que los plazos del procedimiento de flagrancia se amplían a diez días hábiles, los cuales se pueden ampliar otros diez días en aquellos casos que en los que se requiera producir pruebas. Esto último se dará mediante un decreto fundado.

Esto se traduce en que habrá un plazo de diez días hábiles desde el momento de la aprehensión o imputación para solicitar la audiencia inicial. En cuanto al denominado "procedimiento directísimo", tendrá plazos de entre 4 y 30 días, con el objetivo de promover una mayor agilidad al proceso procesal.

Por otro lado, se modifica el artículo 348 del Código Procesal Penal para disponer que, en los casos tramitados mediante procedimiento directísimo, la solicitud de prisión preventiva se realice en la audiencia inicial.

Cambios en la audiencia de finalización

También se transforma la audiencia de finalización en un juicio concentrado, en el que se incorpora la posibilidad de que el imputado se exprese libremente y donde se incluirán de manera formal pruebas digitales. Además, el juez estará obligado a dictar sentencia en el mismo acto o, en su defecto, en un plazo breve.

Reformas en el Ministerio Público Fiscal

Otro de los ejes centrales del proyecto es la reorganización interna del Ministerio Público Fiscal.

La Procuración General deberá conformar equipos especializados para el impulso, litigación y soporte técnico de las causas de flagrancia, con dedicación exclusiva y formación específica. El Gobierno sostiene que esta estructura permitirá mejorar la capacidad de respuesta y garantizar intervenciones rápidas y consistentes.

El proyecto también ordena que la Suprema Corte y los organismos de gestión adecuen sus protocolos y turnos para asegurar que los plazos previstos en la ley se cumplan efectivamente en toda la provincia.