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Causa Liam Payne: la Justicia porteña juzgará a los acusados de suministrarle drogas

El Tribunal Superior de Justicia de Buenos Aires resolvió un conflicto de competencia y determinó que será un juzgado local, y no la Justicia nacional, el que lleve adelante el debate contra los dos hombres imputados de proveer estupefacientes al cantante británico.

Braian Nahuel Paiz y Liam Payne, poco antes del trágico final del cantante. Al acusado se le negó un beneficio clave.

Braian Nahuel Paiz y Liam Payne, poco antes del trágico final del cantante. Al acusado se le negó un beneficio clave.

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El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires zanjó una disputa jurisdiccional en torno al caso del ex vocalista de la banda británica "One Direction", Liam Payne, y dispuso que el juicio contra el mozo Braian Paiz y el empleado de mantenimiento del Hotel CasaSur, Ezequiel Pereyra, acusados de haberle vendido drogas al músico, sea llevado adelante por el Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n.° 15.

Fallecimiento de Liam Payne: cómo sigue la causa

La causa tiene su origen en los hechos ocurridos en el hotel de Palermo el 16 de octubre del año pasado, cuando Payne cayó de un tercer piso y falleció. A Paiz y Pereyra se les imputa haber entregado estupefacientes mediante pago para que el cantante los consumiera durante su estadía allí.

El expediente comenzó tramitándose en el fuero criminal ordinario. El Juzgado Criminal y Correccional n.° 37 había calificado inicialmente los hechos con más figuras penales, entre ellas abandono de persona seguido de muerte, e incluso llegó a procesar también al manager de Payne, Roger Nores, y a dos autoridades del hotel por homicidio culposo. Sin embargo, la Cámara del Crimen revocó esos procesamientos y sobreseyó a los imputados en esos puntos, aunque la situación de Nores respecto al suministro de drogas aún se encuentra bajo revisión de la Casación.

Con la causa reducida a los cargos contra Paiz y Pereyra y lista para ir a juicio oral, el expediente llegó al Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n.° 30, que rechazó intervenir por considerar que el asunto correspondía a la justicia local. Desde ahí se abrió un tironeo: el juzgado de la Ciudad aceptó la competencia, pero el fiscal local se opuso y la Sala II de la Cámara del fuero le dio la razón, rechazando que la justicia porteña tomara el caso. El juzgado nacional, sin ceder, trabó formalmente la contienda y elevó el conflicto al TSJ.

Allí por mayoría, los jueces Inés Weinberg, Alicia Ruiz y Luis Lozano coincidieron en que, al no haber discusión sobre cuál es el delito imputado ni sobre el hecho de que esa materia ya fue transferida a la órbita de la Ciudad, la causa debe quedar en manos de la justicia local. Weinberg subrayó además que el hecho de que el expediente hubiera llegado al Tribunal Oral impide usar el grado de avance del proceso como argumento para mantener la competencia nacional.

En disidencia votaron los jueces Santiago Otamendi y Marcela De Langhe, quienes argumentaron que lo más eficiente sería mantener la intervención del fuero nacional, dado que fue ese ámbito el que llevó adelante toda la instrucción y el caso ya había avanzado hasta las puertas del juicio oral.

Con la resolución firme, el expediente será remitido al Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n.° 15, que será el encargado de continuar con el proceso y de realizar el juicio de los dos acusados.