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Caso Julieta Prandi: la sentencia histórica que desnuda la violencia invisible en Argentina

Un fallo judicial sobre el caso de Julieta Prandi y Claudio Contardi, marca un antes y un después al visibilizar formas de violencia. de género.

Julieta Prandi.

Julieta Prandi.

Captura de video/ América TV. 

La condena a Claudio Contardi no es solo un acto de justicia; es un manual que revela la construcción sistemática de la violencia de género y cómo la fama no protege del control psicológico. La sentencia que expone la violencia invisible.

La condena de 19 años contra Claudio Contardi va más allá de la justicia penal: funciona como una radiografía del control psicológico en la violencia de género. No se trata de hechos aislados, sino de un entramado meticuloso que busca anular la voluntad de la víctima.

El Tribunal Oral en lo Criminal N°2 de Zárate-Campana, con jueces que firmaron un fallo histórico, validó lo que la criminología ha señalado durante décadas: la violencia de género es un sistema estructurado, un plan de dominación que destruye la autoestima y altera la percepción de la realidad de quien la sufre.

El prejuicio de la fama: ¿por qué no denunció antes?

La sociedad se pregunta con frecuencia: “Si era famosa y con recursos, ¿por qué tardó en denunciar?”. La respuesta está en la arquitectura de la violencia: la notoriedad no protege frente a la manipulación psicológica.

El fallo detalla cómo Contardi construyó un relato donde Julieta Prandi era “emocionalmente inestable”, aislándola y convenciendo a su círculo de que nadie creería su versión. La dominación no fue casual, fue el núcleo del abuso. La verdadera vulnerabilidad no depende del dinero o del reconocimiento público, sino de la capacidad de decidir, primero demolida por el agresor.

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Claudio Contardi, condenado a 19 años de prision.

Claudio Contardi, condenado a 19 años de prision.

Tácticas de control: la violencia de género

El tribunal documentó cada estrategia de Contardi, convirtiendo el caso en un estudio criminológico. El agresor utilizó el aislamiento estratégico (mudándola a un country alejado), la vigilancia encubierta (con terceros reportando cada movimiento), el control económico (mediante poderes notariales) y la desconexión forzada (cambiando su número de teléfono).

La paradoja es cruel: mientras se hablaba de “protección y seguridad”, se reforzaba la anulación de su voluntad.

Desmontando mitos judiciales

Este fallo no solo condena, sino que también desarma las falacias comunes del sistema de justicia: demostró que sin testigos directos sí hay delito si se valora la prueba contextual; que el relato de la víctima no es exagerado si las pericias psicológicas confirman una coherencia traumática; y que la falta de violencia física no resta gravedad, ya que el daño psicológico y económico puede ser devastador.

Reflexión final: leer entre líneas

La sentencia aplica directamente teorías criminológicas como la “rueda del poder y control” de Evan Stark, recordándonos que la violencia de género es una arquitectura de dominación, no episodios aislados.

El fallo ya habló. Ahora la pregunta es para nosotros: ¿estamos listos para escuchar las voces que el control invisible silencia?

* Lic. Eduardo Muñoz. Criminólogo. Divulgador en Medios. Análisis criminológico aplicado a temas sociales de actualidad y seguridad.

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