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La contundente decisión de la fiscalía tras las absoluciones en el caso Próvolo

El Ministerio Público comunicó que le pedirán a la Suprema Corte, en pleno, que analice y anule cinco absoluciones en el tercer juicio por los abusos sexuales en el Instituto Próvolo.
Familiares de víctimas del Próvolo en el Polo Judicial. Foto: ALF PONCE MERCADO / MDZ
Familiares de víctimas del Próvolo en el Polo Judicial. Foto: ALF PONCE MERCADO / MDZ

A poco menos de un mes de conocerse las absoluciones de las nueve imputadas por el tercer juicio de los abusos sexuales a chicos sordos en el Instituto Próvolo de Luján, este lunes el Ministerio Público Fiscal (MPF) anunció que utilizará el recurso de casación para que la Suprema Corte de Justicia de Mendoza revise el fallo, y así, eventualmente, buscar nuevamente condenas, al menos para cinco de las imputadas. 

"El Ministerio Público Fiscal informa que ha presentado formales recursos contra la sentencia de las dras. Gabriela Urciuolo, María Belén Salido y María Belén Renna, que absolvió a todas las acusadas y por todos los delitos en las causas conocidas públicamente como Provolo II", comenzaron explicando en un comunicado. 

"En un extenso recurso los sres. Alejandro Iturbide, fiscal jefe, y Gonzalo Nazar, fiscal adjunto penal, han planteado todos y cada uno de los vicios de la sentencia, pidiendo su entera anulación a la Suprema Corte de Justicia, en pleno, es decir, con intervención de sus siete miembros dada la trascendencia de los temas aludidos que exceden el interés de las partes de este caso al referirse al tratamiento de personas con discapacidad", agregaron desde el MPF, detallando "los agravios principales":

1.- No haber valorado el testimonio de las víctimas conforme las pautas internacionales en casos de abusos sexuales ocurridos en la infancia, para mujeres en su mayoría, y personas con discapacidad.-

2.- Haber quitado valor a los informes del E.De.A.A.S. (Equipo de Abordaje en Abuso Sexual dependiente del MPF) bajo el argumento de “trabajar sus profesionales sólo con sesgo de confirmación de los hechos”, siendo que las tres juezas en momentos inmediatos anteriores a la sentencia e incluso en tiempo concomitante, dictaron otras sentencias condenatorias valiéndose de informes del mismo organismo, sin queja alguna, y considerando valioso el aporte de sus profesionales.-

3.- No haber tratado veintidós (22) pruebas invocadas por la fiscalía, entre testimoniales y documentales, que podrían haber dado un rumbo distinto a la sentencia. No hay una sola palabra sobre estas pruebas.

4.- Haber mejorado la posición de los defensores, en varias situaciones, realizando planteos que ellos no efectuaron y considerando pruebas que no produjeron en el debate.

Lisa y llanamente, la fiscalía, acompañada por los abogados de las víctimas, intentará que la Corte anule el fallo absolutorio en favor de las monjas Kumiko Kosaka y Asunción Martínez, Graciela Pascual, exrepresentante legal del instituto, la exdirectora Gladys Pinacca y la cocinera Noemí Paz. 

Para ellas habían pedido: 25 años de prisión para Kosaka por abuso sexual gravemente ultrajante agravado y su participación necesaria en otros hechos; para Martínez 10 años por participación primaria, en tanto que por Pascual solicitaron 18 años. Para las dos mujeres restantes, 3 años en suspenso por omisión de prestar auxilio y encubrimiento agravado.

Cabe recordar que en los alegatos, para el resto de las sospechosas (las exdirectoras Valeska Quintana, Laura Gaetán y Cristina Leguiza y la psicóloga Cecilia Raffo) no se planteó condena. 

Las defensas 

Los abogados de estas mujeres no se quedaron atrás, y este lunes también difundieron un comunicado sobre los fundamentos de la sentencia absolutoria. 

"La sentencia es un texto de 372 páginas que está dividido en distintos capítulos y se abordan todas las acusaciones de la fiscalía y las querellas que resultaron todas desestimadas": 

Las imputadas y sus defensores:/Foto: gentileza

"La parte dispositiva también contiene además de las absoluciones las recomendaciones que se le hicieron a la Procuración General como los pedidos de investigación en materia de falsos testimonios y al Tribunal de Ética del Colegio de Abogados de Mendoza": 

El caso Próvolo, iniciado en 2016, tiene cuatro condenas firmes: en un un juicio abreviado recibió 10 años de prisión el administrativo Jorge Bordón, mientras que en el segundo debate fueron sentenciados los curas Nicola Corradi (fallecido) y Horacio Corbacho a 45 y 42 años de cárcel respectivamente, en tanto que el jardinero Armando Gómez recibió una pena de 18 años. 

La sentencia completa