Continúa la investigación

Caso Chano: rechazaron el sobreseimiento del oficial que le disparó

Lo decidió el juez de garantías Julio Andrés Grassi tras el pedido de la defensa. El magistrado cree que todavía falta incorporar pruebas a la causa.

Lourdes Marchese
Lourdes Marchese sábado, 28 de mayo de 2022 · 14:22 hs
Caso Chano: rechazaron el sobreseimiento del oficial que le disparó

La semana pasada, los abogados Fernando Soto y Martín Sarabbi, que representan al oficial Facundo Amendolara, imputado en la causa que investiga los sucesos ocurridos el 25 de julio de 2021 en la casa del músico Chano Moreno Charpentier, solicitaron su sobreseimiento. 

Los letrados entendieron que el actuar de su defendido “ha sido motivado en una agresión ilegítima que no había provocado, resultando su arma reglamentaria el único medio con el que contaba para poder impedirla o repelerla, por lo que su accionar debería encuadrarse en la causal de justificación prevista en el art. 34, inciso 6° del Código Penal, en función de lo normado en el inciso 4° del mismo artículo, ello por haber actuado con motivo y ocasión de ejercer su cargo de Oficial de la Policía de la Provincia de Buenos Aires”.

Al rechazar el planteo, el juez de garantías Julio Andrés Grassi manifestó que se han llevado a cabo numerosas diligencias, las cuales respaldarían la hipótesis sobre la cual se basan Soto y Sarabbi para solicitar el sobreseimiento de Amendolara.

Sin embargo, el juez entendió que “aún quedan ciertas medidas investigativas pendientes de ser llevadas a cabo que podrían corroborar o, por el contrario, poner en crisis lo sostenido por los letrados aludidos, no pudiéndose concluir en dicho contexto que concurra en el caso de autos un estado de certeza acerca de la concurrencia de las causales de justificación cuya configuración postulan, ni mucho menos que dicha hipótesis no pueda ser rebatida en lo que resta por transcurrir del trámite de la etapa preliminar que lejos está de hallarse concluido, razón por la cual, lo postulado por los defensores -al menos de momento- no puede tener tratamiento favorable”.

Además entiende el magistrado que “aún no se le ha recibido al sindicado Amendolara declaración en los términos del art. 308 del C.P.P., por lo que el órgano persecutor no ha determinado aún las circunstancias fácticas de la o las conductas que pretende, o no, atribuirle al imputado, de lo cual deriva la ya citada circunstancia de que tampoco se encuentran vigentes los plazos procesales previstos en el art. 282 del C.P.P”.

En ese contexto considera que para dictarse el sobreseimiento del imputado en este estadio preparatorio del juicio, se requiere no sólo la existencia cierta de alguno de los extremos establecidos, “sino también la previsible imposibilidad de incorporar al expediente nuevas probanzas que permitan volcar la decisión en el sentido contrario, extremos que, atento el estado de cosas descripto, no se verifica en la especie”.

Al ser consultados por MDZ, los abogados defensores aseguraron que como para el anterior fiscal no había mérito para indagar a Amendolara por el delito de lesiones gravísimas, no lo llamó a indagatoria. Pero ahora, por la misma razón, el juez rechaza sobreseerlo. "Pediremos entonces al nuevo fiscal, Dr. Irigoyen, que lo llame a indagatoria, así se resuelve la causa", anticiparon.

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