Justicia

Caso Lucas: piden el procesamiento de los comisarios Santana y Ozan y de otros cinco policías

Lo solicitó el fiscal Leonel Gómez Barbella tras las indagatorias. Además, se rechazó la excarcelación del comisario Santana.

Lourdes Marchese
Lourdes Marchese jueves, 30 de diciembre de 2021 · 21:47 hs
Caso Lucas: piden el procesamiento de los comisarios Santana y Ozan y de otros cinco policías
Foto: Télam

En el marco de la causa que investiga el homicidio del joven Lucas González el pasado 17 de noviembre, el fiscal Leonel Gómez Barbella solicitó el procesamiento de los comisarios Daniel Santana, Rodolfo Ozan, y de los policías Ramón Jesús Chocobar, Sebastián Baidon, Jonathan Martínez, Ángel Arévalo y Daniel Rubén Espinosa por los delitos de falsedad ideológica, privación ilegal de la libertad agravada por abuso funcional y sin las formalidades de la ley, encubrimiento agravado por la condición de funcionarios públicos y por ser el delito precedente especialmente grave e imposición de torturas, todos en concurso ideal.

Asimismo, el representante del Ministerio Público Fiscal consideró que “los procesamientos que se exigen aquí hacen presumir que, de tener favorable acogida, se encontraría la causa en posibilidad de elevarse a juicio y, atento a aquella proximidad del debate, es menester asegurar sus presencias y comparecencias de los imputados para no poner en riesgo de frustración del proceso por elusión”. Por ello, solicitó que los procesamientos sean con prisión preventiva.

Al valorar la prueba, Gómez Barbella entendió que como consecuencia de la actividad ilegal desplegada por los encausados, los jóvenes Julián Alejandro Salas y Joaquín Zúñiga Gómez, permanecieron esposados, tirados en la cinta asfáltica en calidad de detenidos, infingiéndoles actos de torturas, los esposaron en forma violenta y le rompieron la remera que uno de los jóvenes llevaba puesta (todo lo cual se desprende del propio relato de las víctimas y sus progenitores). 

En tanto, “Lucas Santiago González, quien agonizaba a causa de la grave herida, se lo trasladó al Hospital Penna con una consigna policial, cuando no era más que un adolescente víctima de una agresión irracional por parte de los agentes, que de acuerdo a las normas deberían actuar para su protección”. Además, refiere que le aplicaron sufrimientos y tormentos al quemarle la mano derecha en el pliego entre sus dedos índice y pulgar con lo que se trataría de una cigarrillo.

En ese ardid que menciona el fiscal, asegura que Julián y Joaquín permanecieron entre las 9:45 y las 19:45 horas, privados ilegítimamente de su libertad dentro de un patrullero, mientras que Niven Huanca Garnica se presentó junto a su progenitora a las 15 de esa jornada después del luctuoso episodio que lo encontró como víctima, en la Comisaría 4D de la Policía de la Ciudad donde igualmente se lo detuvo ilegítimamente, acusado de un grave delito a raíz de un procedimiento absolutamente falaz.

Todo ello, se ha logrado gracias a haber volcado mediante sus artilugios, “una versión distorsionada de los ocurrido, brindando datos falsos, al personal del Juzgado Nacional de Menores N° 4 y de la División Intervenciones Judiciales la Policía Federal Argentina, al momento de labrar las actuaciones en las que desde el minuto uno se lo quiso enmascarar como si se hubiese tratado de un 'enfrentamiento' entre los policías Juan José Nieva, Fabian Andrés López y Gabriel Alejandro Issasi, y quienes terminaron siendo -justamente- las víctimas de autos”. Por ello, comprende que debe decretarse el procesamiento también por el delito de falsedad ideológica porque a través de ese armado, hicieron insertar datos falsos.

En otra parte de la presentación, Gómez Barbella sostiene que no caben dudas que fue Ozan quien se ocupaba de establecer que no quedase registrado en filmaciones o fotografías que pudieran mostrar los delitos cometidos por los encausados y lograr su impunidad, toda vez que no solo se preocupó de que no se filme ni fotografíe mediante teléfonos del personal policial para evitar “morbos” -como lo dijo en su descargo-, sino que las víctimas sostuvieron que también se ocupó de que no hayan domos que los captaran. Y sobre todo, si se atiende a que dos vecinos que aquí declararon como testigos, manifestaron que la Policía se presentó en el domicilio interrogando por si habían llegado a tomar fotografías del procedimiento. 

“Sugestivo resulta si se escucha el audio obtenido de la conversación entre Rodofo Ozan y Alberto Du Santo, en el que a las 10 del 17/11/21 ya referían de que se había cometido un error y que se comunicarían con Santana, a lo que agregamos lo expuesto por la Alzada al momento de confirmar los procesamientos de Gabriel Isassi, Juan Nieva y Fabián López por lo tergiversado del procedimiento y las modulaciones que se concretaron luego de la balacera en las que Santana no puede omitir semejante puesta en escena”, sostiene el fiscal al tiempo que manifiesta que no se trató en el caso de una simple acumulación de irregularidades en la actuación prevencional -que en modo alguno habría derivado en este proceso penal-, sino de conductas ilícitas planificadas y ejecutadas por funcionarios públicos con el afán de manipular a su antojo el sistema judicial con fines absolutamente ilegítimos, lo que logra explicarse su accionar con todo el cúmulo de probanzas y delitos.

Finalmente, al pedir los procesamientos sostuvo que los imputados a partir de sus específicas funciones que derivaban de sus jerarquías y posicionamientos dentro del esquema policial descripto, “habrían protagonizado, direccionado y monitoreado el desarrollo de los hechos conforme las pautas por ellos trazadas, desde los sufrimientos y tormentos infligidos a las víctima hasta la obtención del arma de cotillón que motivaran el armado de la situación en contra de los adolescentes hasta el desenlace que derivara con el operativo en ciernes”.

El cabal conocimiento de cada uno de ellos de sus actos que contribuyeron a otorgarles una pantalla de licitud a la maniobra ilícita que se pretendía enmascarar, sin que pueda sostenerse que el hecho que alguno pudiera haber aparecido en ese escenario algunos minutos antes o después durante el procedimiento, haya integrado o no el grupo de funcionarios que colaboraron en las detenciones ilegales o no colocó de propia mano el arma de utilería en el automotor de las víctimas, aleje las responsabilidades de todos los coimputados sobre este aspecto, al formar parte intrínseca de la totalidad de la maniobra pergeñada.

 

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