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Fallo histórico: Meta deberá pagar 479 millones a editoras por publicidad basada en datos personales

Un juzgado de Madrid resolvió que Meta utilizó datos personales de manera contraria al RGPD para obtener ventaja en el mercado publicitario.

El fallo fue emitido por el Juzgado Mercantil N.º 15 de Madrid.

El fallo fue emitido por el Juzgado Mercantil N.º 15 de Madrid.

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La Justicia de España condenó a Meta a abonar 479 millones de euros a editoras de prensa digital y agencias de noticias locales, al determinar que la compañía obtuvo una ventaja competitiva ilegal en el ámbito publicitario mediante el uso de datos personales recopilados en Facebook e Instagram.

La sentencia, emitida por el Juzgado Mercantil N.º 15 de Madrid, beneficia a 87 editoras y agencias agrupadas en la Asociación de Medios de Información (AMI). Además, establece indemnizaciones adicionales: 2.570.000 euros para el Grupo Europa Press y 13.563 euros para Radio Blanca.

El tribunal concluyó que Meta infringió el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) al modificar la base legal del tratamiento de datos cuando esta normativa entró en vigencia. La empresa sustituyó el consentimiento expreso de los usuarios por la supuesta “necesidad de ejecución del contrato”, una justificación que la Justicia consideró inválida para procesar información personal con fines publicitarios.

Impacto en medios digitales y reacción del sector

La resolución determina que el uso de datos personales para realizar publicidad comportamental no se ajustó a la legalidad y generó un perjuicio directo para los medios, que sí estaban obligados a cumplir estrictamente el RGPD.

La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA) destacó la importancia del fallo en un comunicado, afirmando: “La sentencia representa un precedente histórico porque reconoce que el modelo de negocio publicitario de Meta, basado durante años en el tratamiento ilícito de datos personales, generó un daño económico directo a los medios digitales que sí estaban obligados a cumplir el RGPD y que no podían competir en igualdad de condiciones”.

La entidad también subrayó que la decisión judicial demuestra que “parte de la caída de ingresos publicitarios del sector no fue solo un fenómeno de mercado, sino el resultado de una ventaja competitiva indebida de la plataforma”. Para ADEPA, la sentencia fortalece el reclamo de los medios frente a prácticas abusivas y desequilibrios estructurales dentro del ecosistema digital.