Vuelta a clases: qué seguros deben contratar los colegios para cubrirse ante imprevistos
La vuelta a clases exige a los establecimientos educativos saber qué tipo de coberturas aseguradoras es recomendable tener antes del inicio de clases.
Para evitar los costos monetarios de contingencias e imprevistos, con la vuelta a clases los colegios deben hacer una buena previsión de las coberturas de seguros que deben contratar.
ArchivoDesde caídas en el recreo, accidentes en clases de educación física, hasta daños edilicios, uso de juegos infantiles o intoxicaciones por alimentos son algunas situaciones de riesgo que concentra el ámbito escolar. Por ello, con la vuelta a clases es imprescindible que las instituciones cumplan con los seguros obligatorios, pero también con coberturas que brinden una protección más integral.
En este escenario, especialistas destacan la importancia de no limitarse solo a cumplir con los seguros obligatorios, sino de complementarlo con coberturas que permitan lograr una protección más integral y ahorrarse algunos dolores de cabeza.
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Cada año, con el inicio de un nuevo año escolar y la vuelta a clases, miles de establecimientos educativos revisan no solo su organización pedagógica y administrativa, sino también las condiciones de seguridad y protección con las que cuentan para afrontar la rutina diaria.
La actividad escolar implica la convivencia permanente de niños y adolescentes bajo la supervisión de la institución, lo que exige un esquema de coberturas acorde a los riesgos que se presentan tanto dentro como fuera del establecimiento.
Responsabilidad Civil
Por ejemplo, la Responsabilidad Civil es obligatoria, tanto para escuelas públicas como privadas, y protege ante daños ocurridos bajo el control escolar. La normativa vigente establece la responsabilidad objetiva de los establecimientos educativos, lo que implica que el titular del colegio debe responder por los daños que sufran los alumnos mientras se encuentren bajo su cuidado, salvo que se pruebe un caso fortuito.
Para Agustina Quiroga, especialista en Responsabilidad Civil de la aseguradora La Segunda, contar con esta cobertura es indispensable, puesto que nuestro Código Civil y Comercial establece la responsabilidad civil objetiva, liberando únicamente al establecimiento en caso de que se pruebe el caso fortuito.
Explica que este tipo de póliza brinda una doble protección: por un lado, cubre los daños que puedan sufrir los alumnos, tanto dentro como fuera del establecimiento, cuando se encuentren bajo la autoridad escolar; y por el otro, ampara al colegio frente a posibles reclamos de terceros por hechos ocurridos dentro de las instalaciones.
Accidentes personales
Entre los riesgos contemplados se encuentran accidentes durante la práctica de deportes, el uso de juegos infantiles, incendios, descargas eléctricas, escapes de gas, uso de ascensores, caída de objetos, piletas de natación, pasantías administrativas y otras situaciones propias del ámbito educativo.
Vale señalar que, si bien la cobertura de Accidentes Personales no es obligatoria, muchas instituciones educativas la contratan como complemento para agilizar la atención ante incidentes que afectan a los alumnos. En tal sentido, a diferencia de la Responsabilidad Civil, que suele activarse luego de una evaluación de responsabilidades-, el seguro de Accidentes Personales permite dar respuesta inmediata frente a un daño físico, evitando que las familias deban afrontar gastos de manera directa.
Dice Adrián Couplet, especialista de Accidentes Personales de la misma aseguradora, que al tomar como referencia la suma asegurada de la franquicia de la Responsabilidad Civil, la cobertura de Accidentes Personales permite que el alumno reciba atención sin realizar erogaciones de dinero dentro de las coberturas contratadas.
Cabe destacar que la póliza de Accidentes Personales alcanza a los accidentes que ocurren durante los recreos, las clases de educación física y las actividades organizadas por la institución, tanto dentro como fuera del establecimiento. Esto incluye salidas educativas, viajes pedagógicos, visitas a museos o exposiciones, torneos deportivos y, en determinados casos, el trayecto de ida y vuelta al colegio, siempre que las actividades sean organizadas y supervisadas por la autoridad escolar.
La multi-cobertura
Por ello, la combinación de ambas coberturas se presenta como un esquema de multi-cobertura que apunta a una protección más integral.
A su vez, los especialistas advierten que uno de los errores más frecuentes de las instituciones educativas es contratar los seguros únicamente durante el año lectivo, dejando descubiertos posibles daños fuera de ese período, por lo que se recomienda contar con coberturas vigentes durante todo el año calendario.
Por lo tanto, antes del inicio de clases, o lo más pronto posible del comienzo del año lectivo, los colegios deberían revisar la vigencia de las pólizas contratadas y reforzar las medidas de prevención, entendidas como aquellas acciones destinadas a evitar daños o a impedir que se agraven.
El mantenimiento de las instalaciones, los protocolos de actuación ante emergencias y la concientización de la comunidad educativa forman parte de un enfoque preventivo que acompaña y potencia el rol de los seguros escolares.

