Guerra del vino: Iberte tuvo un millonario revés con una bodega sanjuanina
La Corte de Justicia de San Juan revirtió una condena que beneficiaba a la firma de origen español en una de las causas que mantiene en la vitivinicultura argentina.
Juan José Retamero, el titular de Aisa Group, el propietario de Iberte.
La denominada “guerra del vino” entregó un nuevo capítulo en los últimos días. La Corte de Justicia de San Juan revirtió una decisión judicial que había condenado a una importante bodega de la provincia a restituir alrededor de 600.000 dólares en el marco de un conflicto comercial vinculado a un contrato de compraventa de vino que no llegó a concretarse en los términos previstos.
La resolución modificó el criterio que habían sostenido tanto el juez de primera instancia como la Cámara Civil, que habían hecho lugar al reclamo de la firma demandante. Tras revisar el expediente, el máximo tribunal provincial sanjuanino concluyó que no existían pruebas suficientes para atribuir a la empresa vitivinícola un incumplimiento contractual y rechazó la demanda.
Un acuerdo comercial que quedó inconcluso
La controversia enfrentó a Fraccionadora San Juan, elaboradora de distintas marcas de vino, con Iberte S.R.L., firma de capitales españoles encabezada por el empresario Juan José Retamero, también propietario de la mina Gualcamayo y de la firma que agrupa a todas ellas, Aisa Group.
El origen del litigio fue un acuerdo para la comercialización de más de 25 millones de litros de vino. Como parte de esa operación, Iberte realizó un anticipo cercano a los 600.000 dólares.
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Sin embargo, el negocio nunca avanzó según lo previsto. De acuerdo con el expediente, únicamente se entregaron poco más de 142.000 litros, por lo que la empresa compradora inició acciones judiciales para recuperar prácticamente la totalidad del dinero adelantado, al considerar que el contrato había quedado frustrado.
Desde el inicio del proceso, la bodega sostuvo una postura diferente. Argumentó que el pago constituía un anticipo dentro de una operación de mayor escala y que la continuidad de las entregas dependía de un "plan de cargas" que debía ser presentado por la compradora y que nunca llegó a materializarse.
El criterio adoptado por la Corte
La Sala I de la Corte de Justicia, integrada por Guillermo De Sanctis, Daniel Olivares Yapur y Juan José Victoria, hizo lugar al recurso extraordinario presentado por la empresa sanjuanina y resolvió el conflicto de manera definitiva, sin ordenar un nuevo tratamiento del caso en instancias inferiores.
En su análisis, los magistrados entendieron que el denominado plan de cargas no constituía una obligación exigible desde el inicio del vínculo contractual, sino una etapa posterior que requería la participación de ambas partes para avanzar con la ejecución del acuerdo.
A partir de esa interpretación, el tribunal concluyó que no era posible atribuir exclusivamente a la bodega la responsabilidad por la falta de cumplimiento del contrato. Además, sostuvo que durante el proceso no se incorporaron elementos probatorios suficientes para acreditar que la empresa hubiera incumplido con la entrega del volumen de vino comprometido.
Con esos fundamentos, la Corte dejó sin efecto las sentencias dictadas previamente y rechazó en su totalidad la demanda presentada por Iberte.
Un impacto económico significativo para Iberte
Como consecuencia del fallo, Fraccionadora San Juan no deberá devolver los cerca de US$ 600.000 reclamados por la empresa española, un monto que, convertido al valor actual del tipo de cambio, representa aproximadamente mil millones de pesos.
La resolución también dispuso que Iberte asuma las costas correspondientes a todas las instancias judiciales, incrementando el impacto económico derivado del resultado del litigio.
Un antecedente para la industria vitivinícola
El caso representa uno de los conflictos comerciales de mayor relevancia registrados en los últimos años dentro de la actividad vitivinícola sanjuanina, tanto por el volumen de la operación proyectada como por el monto económico involucrado. También es una de las cuatro causas que Iberte mantiene con diferentes bodegas argentinas, entre ellas, Fecovita.
Asimismo, el fallo adquirió una relevancia especial por el criterio adoptado respecto de la interpretación de las obligaciones asumidas en contratos de gran escala y de las condiciones necesarias para configurar un incumplimiento contractual.

