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Causa YPF: el día que Argentina salvó las acciones, tras decisivo apoyo de Donald Trump

La Cámara de Apelaciones de Nueva York dio una mano grande a la Argentina en la causa YPF, donde el Gobierno de EE.UU. será "amicus curiae" del tribunal.

El 51% de las acciones de la petrolera permanecerán en poder del Estado argentina, mientras prosigue el proceso de apelación al fallo condenatorio de la jueza Loretta Preska.

El 51% de las acciones de la petrolera permanecerán en poder del Estado argentina, mientras prosigue el proceso de apelación al fallo condenatorio de la jueza Loretta Preska.

Juan Mateo Aberastain/MDZ

Argentina logró ratificar este viernes lo que se intuía desde el 18 de julio pasado. Con el fallo de la Cámara de Apelaciones de Nueva York prácticamente ha salvado la posesión del 51% de las acciones de YPF, más allá de haber perdido la causa de fondo por la manera en que se reestatizó la petrolera en 2012.

La decisión del tribunal de apelaciones implica concretamente que no habrá que derivar la tenencia de los papeles en poder del Estado nacional en YPF, hasta que se determine la causa de fondo sobre la responsabilidad o no del país en la operación de hace trece años, algo que podría ocurrir en algún momento de este año o durante 2026.

Así, el país podrá, además, en caso de fallo negativo, apelar ante la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos. En definitiva, y ante un casi seguro juicio perdidoso en lo central, las acciones de Argentina en la petrolera quedaron salvadas.

Para este éxito en la Cámara de Apelaciones, quedó en claro que tres factores operaron a favor del país. Fue positiva la estrategia desplegada por el estudio jurídico que defiende a la Argentina, Sullivan & Cromwell (S&C). Resultó fundamental el apoyo del gobierno de los Estados Unidos como “amicus curiae”.

Y, finalmente, el país encontró en la Cámara de Apelaciones a un aliado: el juez Steven J. Menashi, que desde el primer momento tomó el caso a favor de la Argentina e hizo lugar a salvar las acciones de YPF ante la posibilidad de su traspaso a Burfrod Capital, permitiendo que el país incumpliera la orden de la jueza Loretta Preska.

Como factor adicional operó también a favor de Argentina, el hecho que el propio fondo demandante haya presentado un escrito ante la propia Cámara donde reconocía que no pretendía hacerse de las acciones, sino cobrar, ya que “no quieren administrar una petrolera”, sino, simplemente, “una garantía de que Argentina pagará”.

Hoja de ruta

Argentina comenzó a cambiar el clima sobre las acciones de YPF en los tribunales de los Estados Unidos el 18 de julio, cuando las partes presentaron sus escritos, y la Cámara decidió suspender el fallo del 30 de junio de la jueza Loretta Preska, que obligaba al país a entregar a Burford en 15 días, las acciones de la petrolera, bajo amenaza directa de ser considerada dentro de la figura de “desacato”.

Antes que el fallo quedara firme, decidió no esperar a la decisión definitiva de la jueza (la que fue finalmente negativa para el país), y recurrir ante la segunda instancia, ámbito donde ahora la suerte cambió y se pudo resguardar el 51% de las acciones. La Cámara de Apelaciones decidió hace unos días suspender de manera “indefinida” el fallo de Preska, reconoció la imposibilidad de la Argentina de entregar esas acciones y llamó a las partes a abrir una instancia negociadora. Antes llamó a las dos partes a presentar argumentaciones de cada lado, hecho que Burford ya completó.

Las presentaciones se hicieron el mismo día en que el Donald Trump cumplió, con creces, su promesa de respaldar la posición Argentina en el caso; al presentar el Departamento de Estado su carta de “amicus curiae” a favor del país.

Los argumentos de la presentación es que el gobierno de los Estados Unidos “tienen un interés diplomático” en el caso, con lo que apoyan la liberación del 51% de las acciones de la petrolera, “mientras se resuelve la apelación, con el fin de permitir una presentación ordenada de los argumentos y una resolución adecuada de estas cuestiones relevantes”.

Acciones de YPF

Recuerda el gobierno de los Estados Unidos que para el Ejecutivo de ese país los bienes de los estados extranjeros en territorio norteamericano gozan de “inmunidad absoluta” y que se si avanzara en una decisión de este tipo, Argentina, “podría sufrir un daño irreparable. Si cumple con las órdenes de traspaso y entrega las acciones de YPF a los acreedores en EE.UU., corre el riesgo de perder el control de ese activo (acciones YPF)”; situación que podría además derivar en una afectación seria de las inversiones de inversores públicos y privados en los Estados Unidos.

Finalmente sostiene que mientras dure la causa en instancias de apelación en Cámara, los intereses y derechos de los demandantes vencedores no se verían afectados.

Aquella orden del 18 de julio había sido firmada por el juez Steven J. Menashi que dirige la causa en la Cámara, durante una audiencia realizada en el Palacio de Justicia Thurgood Marshall, en la ciudad de Nueva York, una reunión pedida por el estudio que representa al país y reclamada ante la decisión de Preska de avanzar sobre las acciones.

El tribunal de apelaciones tomó como consideración la imposibilidad de avanzar sobre los papeles de YPF en poder del Estado, ante la utopía que determinaría la aprobación de una ley para cumplir con el fallo. EN este sentido, la decisión de la Camara de Apelaciones es también una sanción virtual hacia Preska.

Decisión clave

La estrategia del estudio S&C había resuelto no esperar a que la jueza tomara una decisión final sobre el 51% de las acciones, luego que el lunes 30 de junio había sorprendido con el fallo que obligaba a entregarle a Burford e Eton esos papeles. S&C presentó el miércoles de esa semana un escrito pidiendo una revisión, que fue luego contestado por los demandantes el viernes.

Sin embargo, para el martes 8, y sin esperar una resolución de fondo de Preska, Argentina recurrió a la Cámara de Apelaciones, denunciando la actitud de la jueza. En esa presentación se acumularon además todos los expedientes sobre los que se corre peligro de embargo de las acciones, incluyendo el de Bainbridge Fund, un caso heredado desde el default del 2002.

Lo importante vinculado a esta decisión de la Cámara de Apelaciones, es el tiempo que gana el país en la causa. Se entiende desde Buenos Aires (pero no se dirá públicamente), que la causa está perdida. La propia segunda instancia judicial de Nueva York debe resolver el fallo de fondo de Preska de septiembre del 2023, que le da la razón a Burford y Eton en la demanda y obliga al país a pagar unos U$S 16.000 millones más intereses y gastos a los vencedores.

Argentina apeló la decisión, y el tribunal debe decidir sobre dos cuestiones. La primera es difícil de cambiar: la causa de fondo que falló a favor de los demandantes. Se entiende en general que se trata de cosa juzgada. Pero donde sí puede haber algún tipo de consideración jurisprudencial, es en el argumento de S&C sobre que la medición del dinero a pagar (los 16.000 millones) es una cifra desproporcionada al daño sufrido por los demandantes, y que el número final a liquidar merece una readecuación y un nuevo cálculo.

Ante el panorama, desde Buenos Aires se especulaba con que se ganó tiempo. Una definición final de la Cámara de Apelaciones demandará al menos lo que resta del 2025 y quizá varios meses del 2026. Y, luego, aún le quedará al país la alternativa de recurrir a la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos. Un nivel donde difícilmente se acepte una revisión, pero que igualmente demandará un tiempo para tomar una decisión.

La especulación más amplia desde la Argentina, es que quizá para cerrar la causa haya que esperar hasta comienzos del 2027. Un año donde eventualmente ya el país pueda recurrir de manera más fácil a los mercados financieros de deuda voluntaria.

Los puntos fundamentales de la causa que transita días tormentosos en las cortes de los Estados Unidos.

- Para muchos la necesidad de una reestatización de la petrolera era necesaria. Repsol estaba haciendo un desastre, invirtiendo más en Libia que en Argentina.

- Se razona además que, ante la aparición de Vaca Muerta, el proyecto de desarrollo de ese yacimiento debía tener como principal operador a una empresa argentina. En lo posible estatal.

- El juicio no es por la decisión de reestatizar, cuestión que era necesaria. Es por la manera en que se reestatizó.

- El estatuto de la privatización de 1992 (era Estenssoro) incluía una Oferta Pública de Adquisición (OPA). Esto implica que cualquier operación de toma de acciones en poder de privados, obliga a realizar una oferta similar al resto de los accionistas.

- Desde el 26 de junio de 1993 Argentina decide (como país soberano) salir a cotizar parte de las acciones de YPF en la Bolsa de Nueva York. Desde ese momento, inevitablemente, acepta las normas de la SEC, que incluyen el respeto de la OPA. Y la jurisprudencia de EEUU indica que esto es superior, incluso a las normas de países. Esto puede gustar o no, pero es así. Y debía haberse tenido en cuenta.

- En la decisión de reestatización de 2012 se decide pagar unos U$S 6.000 millones a Repsol, pero no aplicar la OPA.

- Se decide además dejar de distribuir dividendos a los accionistas.

- El Grupo Petersen había acordado con Repsol pagar parte del 25,46% de las acciones a través del giro de esos dividendos. Como ya no se giraba el dinero, Petersen, a través de Petersen Energía y Petersen Inversora, se presentan en concurso (y posterior quiebra) en los tribunales comerciales de Madrid. Desde ese momento, el Grupo Petersen deja de tener que ver con esta causa; y, en consecuencia, probablemente no reciba un solo dólar de este caso (crean o no, es así).

- El síndico de la causa radicada en Madrid, le vende la causa (esto es habitual) el 4 de mayo de 2015. La compra Burford en 15 millones de dólares. Lo hace a través de Prospect Capital (una subsidiaria semisecreta, para que no se sepa que Burford estaba detrás). Luego ampliaría “la inversión” en 70 millones.

- En septiembre de 2015 Burford se presenta en los tribunales de Nueva York. Por sorteo toca Loretta Preska, heredera del sillón de Thomas Griesa como juez de primera instancia en el Distrito Sur de Nueva York.

- Entre diciembre 2016 y marzo 2018, Preska se toma su tiempo para analizar las leyes cruzadas de Argentina y EEUU. En marzo 2019 define que las normas de la SEC son más importantes que las leyes locales. Se basa, otra vez, en jurisprudencia de EEUU.

- En septiembre de 2023 falla a favor de Burford y un segundo demandante llamado Eton Park (Dios sabe quién está atrás de éstos).

- El problema fue no haber extendido el pago a Repsol, a una oferta al resto de los accionistas. Luego estos podían aceptarla o no. Pero era obligación, por estatuto, abrir la oferta al 49% de los accionistas.

- Sobre la obligación de esta operación, hay jurisprudencia en la justicia de EEUU. Argentina podría haber aceptado o no abrir las cotizaciones de una parte de las acciones de YPF en Wall Street. Pero si lo hacía, debía respetar las reglas de la SEC (autoridad del mercado de capitales norteamericano)

- El fallo de fondo fue el de septiembre del 2023. Ahí se perdió el juicio. Argentina está obligada por leyes locales a apelar. De no hacerlo, al presidente en ejercicio le cabe la acusación de mal ejercicio en sus funciones.