Es oficial: importar bienes industriales usados será mucho más fácil
Entre los grandes anuncios que dio a conocer la gestión de Javier Milei en estos últimos días, se filtró la decisión de avanzar con la flexibilización de la importación de bienes de capital usados. La medida que había anticipado el ministro de Economía, Luis Caputo, se oficializó este miércoles por medio de la publicación del Decreto 273/2025.
La normativa que aparece esta mañana en el Boletín Oficial establece reformas sobre el régimen que regula la compra en el exterior de los elementos usados que forman parte de la lista de los capítulos 84 a 90 de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM). Esta medida se llevó adelante con la finalidad de amortiguar el impacto de los aranceles que impuso el presidente de Estados Unidos, Donald Trump; según la versión oficialista.
Dentro de la nómina de bienes beneficiados se puede enumerar: reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos (o parte de ellos); máquinas, aparatos y material eléctrico, aparatos de grabación y reproducción de sonido, de imagen y sonido en televisión y las partes y accesorios de los mismos; vehículos y material para vías férreas, similares y sus partes, aparatos mecánicos y electromecánicos de señalización para vías de comunicación.
También se incluye herramientas de transporte como: automotores, tractores, velocípedos y demás vehículos terrestres (partes y accesorios incluidos); aeronaves, vehículos espaciales y sus partes; barcos y demás artefactos flotantes; e instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión, al igual que instrumentos y aparatos médico-quirúrgicos, tanto partes como accesorios de estos.
“Las medidas adoptadas por el presente -decreto- permitirán profundizar el proceso de apertura económica y reactivación de la economía, contribuyendo decisivamente a la superación de la emergencia económica”, aclararon desde el Ejecutivo en los fundamentos del decreto. Además, aseguraron que su implementación promoverá la modernización de los diferentes sectores.
Modificaciones
El decreto establece en su primer artículo la aplicación de esta decisión: “Los bienes usados que se importen al amparo de esta medida, que no resulten eximidos del pago del arancel por otros regímenes, tributarán un derecho de importación cuyas alícuotas resultarán de incrementar un ciento por ciento (100%) el nivel del Derecho de Importación Extrazona (D.I.E.) que corresponda aplicar”.
El monto dependerá de la posición arancelaria establecida en el NCM, continúa explicando el texto del apartado. En un segundo párrafo se agrega: “la alícuota aplicable en función del cálculo en ningún caso será superior a treinta y cinco por ciento (35 %)”.
Desde el Ejecutivo dejaron en claro que, si bien se crea una flexibilización de la instancia burocrática, los importadores deberán cumplir con las reglas vigentes de control sanitario, seguridad, protección del medioambiente y defensa del consumidor. Para ello, deberán informar la compra de los bienes usados a través de la presentación de una declaración jurada que se encontrará disponible en el Sistema Informático Malvina (S.I.M.).
Por medio de este trámite, los compradores tendrán que dar cuenta de que la mercadería que ingresa al país “no constituye un residuo en los términos de la Ley N° 24.051 y no tiene como objetivo la valorización energética y/o su disposición final”.
El formulario se creará a instancia de la Dirección General de Aduanas, que depende de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, del Ministerio de Economía. Por su parte, se estableció que la aplicación del régimen quedará en cabeza de la Secretaría de Industria y Comercio.
