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Tips de planificación patrimonial para Messi

La noticia se confirmó la semana pasada: Lionel Messi jugará finalmente en el Inter Miami de la MLS. Se cayó definitivamente la posibilidad del regreso del campeón del mundo al FC Barcelona y también la opción de jugar en Arabia Saudita.
Lionel Messi seguirá su carrera en el Inter de Miami. Foto: Mundo Deportivo
Lionel Messi seguirá su carrera en el Inter de Miami. Foto: Mundo Deportivo

Lionel Messi pasará a ser jugador del equipo de David Beckham y por ende residente fiscal en los Estados Unidos. Por lo tanto, ¡puede haber mucho para planificar!

  • Lo mejor para el mejor

El acuerdo que firmó Messi con el Inter de Miami, cuyos aspectos más llamativos están trascendiendo, ha sido el mejor que ha subscripto en su dilatada y exitosísima carrera profesional. Se trata de una combinación entre el que firmó en su momento Michael Jordan con Nike (por el que hoy es el ex deportista con el mayor patrimonio del mundo) y el que firmó Beckham con Los Ángeles
Galaxy y, seguramente, lo confirme como uno de los atletas con más patrimonio mientras viva. A través de este contrato, Lio se asegura mantener relevancia y alcanza una buena diversificación, dos de los mayores retos que tienen artistas y deportistas de élite a la hora de retirarse.

Sin embargo, tener un buen contrato, o muchos buenos contratos dentro de un gran acuerdo, no hace al éxito. Porque Estados Unidos tiene un sistema que hay que conocer y entender, y al cual hay que prestarle atención.

Lio Messi, el mejor del mundo.
  1. Impuesto a la renta (income tax): a nivel federal (que es el único relevante para Messi ya que en Florida no existe el impuesto a la renta estatal para personas físicas), oscila entre el 10% y el 37% de los ingresos. Se trata de un impuesto de carácter mundial, por lo que todo pagador de impuestos estadounidense lo paga tanto por los ingresos obtenidos dentro de Estados Unidos como fuera del país. Lo máximo que se puede hacer aquí es tratar de diferir estos pagos en el tiempo, que no es poco dadas las cifras de las que estamos hablando.
  2. Impuesto a las ganancias de capital (capital gains): en este caso, las alícuotas oscilan entre el 15% y el 20% (más 3.8% de impuesto adicional a los ingresos de inversiones) de las ganancias obtenidas. También se trata de un impuesto que se calcula a nivel global y que Messi va a pagar por las rentas pasivas que obtenga de sus inversiones financieras (otras rentas pasivas, como intereses, alquileres y dividendos de empresas extranjeras van por la tarifa ordinaria correspondiente al income tax, no en esta de capital gains). También se puede aplicar a la venta de alguno de sus múltiples negocios.
  3. Impuesto a la herencia (estate tax): superado el “mínimo no imponible” de US$12.92 millones para individuos y US$25.84 millones para las parejas casadas, la tasa máxima de este impuesto federal sobre la herencia, que también aplica a las donaciones, es del 40% sobre el valor de una herencia que supere esa cantidad. Los mayores ahorros que puede lograr Leo en la estructuración patrimonial doméstica que decida realizar tienen que ver con este impuesto.

Dado que probablemente va a ingresar al país con una Visa de no inmigrante (O1) y no va a pasar más de 183 días en el país en 2023, habría tiempo hasta fines de este año para avanzar por ese lado. La solución, seguramente pase por establecer un non-grantor trust doméstico y combinarlo con un producto de seguros. Si bien Leo nunca buscó aprovechar regímenes impositivos preferenciales durante su carrera deportiva, entendemos que es hora de analizar bien a fondo las oportunidades que brinda el sistema norteamericano.

En caso de no querer establecer un trust, que sería la opción más inteligente por muchas razones, la familia debería al menos contemplar contratar seguros de vida que cubran el monto del impuesto a la herencia a pagar.

Leo se asegura mantener relevancia y alcanza una buena diversificación.
  • Resueltas las cuestiones impositivas, quedan varios temas más para resolver:
  1. Sujetar la propiedad en la cual van a vivir al régimen de protección conocido como homestead exemption o exención de vivienda familiar.
  2. Contratar un umbrella insurance que cubra cualquier evento de responsabilidad civil.
  3. Analizar cada sociedad de inversión que ha establecido para determinar si conviene, o no, re-domiciliar cada sociedad operativa o de inversión a Estados Unidos o a alguna otra jurisdicción, o hacer elecciones que eviten la doble o triple tributación.
  4. Distribuir las utilidades retenidas en las distintas corporaciones en las que participa como accionista antes de fin de año.
  5. Establecer un living revocable trust en el cual él actúe como trustee y que se coloque “por encima” de todos los activos que integran su patrimonio (con excepción de la propiedad que haya sujetado al régimen homestead).
  6. Reemplazar cualquier testamento que pudiera tener (recordemos que los testamentos se rigen por la ley del domicilio del testador) por un pour over will, que determine que cualquier activo que no esté en el trust revocable que mencionamos el punto anterior pase al mismo al momento del fallecimiento.
  7. Actualizar toda la documentación relacionada con la designación de tutores para los chicos, de guardianes para los casos de incapacidad y/o que se refieran al acceso a información y toma de decisión en cuestiones médicas por documentos que sean válidos en el Estado de Florida.

Este es, a grandes rasgos, el escenario en materia de planificación patrimonial al que se enfrenta el número uno. Y podría pasarle al número dos, al número cien o al número un millón, porque la información sirve para cualquiera.

* Martín A. Litwak autor del Iibro Planificación Patrimonial para Celebrities, fundador y CEO de Untitled SLC.
@MartinLitwak