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BCRA mata dos pájaros de un tiro, rescata bonos y libera "dólares" para importaciones

Se busca dar una respuesta a la demanda de compañías con pagos pendientes al exterior, aliviando en cierta manera el peso de los impuestos con la AFIP.
El presidente del Banco Central, Santiago Bausili, dispuso la medida que quedó plasmada en el decreto 72/2003 y apunta a empresas con importaciones pendientes de pago. Foto: Télam
El presidente del Banco Central, Santiago Bausili, dispuso la medida que quedó plasmada en el decreto 72/2003 y apunta a empresas con importaciones pendientes de pago. Foto: Télam

El mecanismo no es sencillo, pero tiene su lógica. El Banco Central dispuso que las empresas con importaciones de bienes con registro de ingreso aduanero o de servicios a pagar al exterior, registradas hasta el 12 de diciembre pasado, podrán liquidar deudas impositivas y aduaneras que tuvieran con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), lo mismo que multas o intereses, echando mano a sus tenencias de bonos o títulos emitidos por el Banco Central. 

La medida busca "aliviar" el peso de los impuestos a empresas a las que el gobierno anterior dejó en lista de espera para el acceso a dólares baratos para importar, la conocida deuda con importadores con SIRAs aprobadas, importaciones realizadas, pero pendientes de pago con proveedores del exterior o casas matrices.

Se estima que ese monto de pagos pendientes de importaciones supera los 30.000 millones de dólares y es uno de los principales reclamos del sector industrial, que ya sé en problemas para garantizarse el abastecimiento de sus insumos por parte de proveedores del exterior.

El último año se acumuló una importante cantidad de dólares como deuda con importadores por restricciones que impuso el Gobierno al acceso de dólares del BCRA.

Qué queda afuera

El Gobierno dispuso el pago de deudas con bonos a través del decreto 72/2003, publicado este viernes en el Boletín Oficial, con lo que ya está en vigencia.

Se pueden saldar deudas aduaneras e impositivas, pero no incluye:

a. Aportes y Contribuciones destinadas al Régimen de la Seguridad Social.

b. Contribuciones destinadas al Régimen de Obras Sociales.

c. Las cuotas correspondientes al Seguro de Vida Obligatorio.

d. Las cuotas con destino a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo.

e. Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias.

f. Las obligaciones derivadas de la responsabilidad sustitutiva o solidaria por deudas de terceros o de su actuación como agentes de retención y percepción.

Los plazos para ingresar

" Los bonos o títulos a que hace referencia el párrafo anterior serán aquellos emitidos a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente decreto y hasta el 31 de marzo de 2024, inclusive, expresamente aceptados por la Administración Federal de Ingresos Públicos, entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Economía, para tal fin. Los citados instrumentos podrán ser transferidos libremente por sus titulares", señala el decreto.

El BCRA dispuso un incentivo a empresas para cancelar deudas con bonos.

Pero hay un dato no menor en relación a evitar parte del costo fiscal de la medida. Así, el artículo 2 establece que el cómputo de bonos o títulos emitidos, susceptibles de ser utilizados en pago de obligaciones tributarias y aduaneras vencidas, "estará limitado a un valor total de US$ 3.500 millones", pero que sólo podrán utilizarse de acuerdo al siguiente cronograma:

1) Un valor máximo equivalente a US$ 1.000 millones desde el 30 de abril de 2025 hasta el 29 de abril de 2026, ambas fechas inclusive.

2) Un valor máximo equivalente a US$ 1.000 millones desde el 30 de abril de 2026 hasta el 29 de abril de 2027, ambas fechas inclusive.

3) Un valor máximo equivalente a US$ 1.500 millones desde el 30 de abril de 2027 hasta el 31 de octubre de 2027, ambas fechas inclusive.