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Blanqueo: los ejes del proyecto que el Gobierno enviará al Congreso

Trascendieron los detalles del proyecto de ley de blanqueo de capitales, al que accedió MDZ. Se prevé presentar el proyecto este martes en el Congreso. Se establecen alícuotas diferenciales si se traen los fondos al país o si se los mantiene en el exterior, y habrá un régimen simplificado.
Foto: Prensa Ministerio de Economía
Foto: Prensa Ministerio de Economía

El Ministerio de Economía ya tiene casi listo el proyecto de ley de blanqueo de capitales, en el marco de acuerdo de intercambio de información financiera entre los organismos recaudadores de Argentina (AFIP) y Estados Unidos ( IRS).

La llamada “Declaración Voluntaria del Ahorro Argentino no Exteriorizado” alcanza a personas humanas, sucesiones indivisas y empresas, respecto de tenencia de moneda nacional y/o extranjera en el país y/o en el exterior, activos financieros, bienes inmuebles, bienes muebles y demás bienes en el país y/o en el exterior, incluyendo créditos.

De acuerdo al proyecto de ley las alícuotas aplicables por la exteriorización de bienes del país y del exterior varían de acuerdo a si hay o no repatriación del dinero. 

En caso de traer al país los fondos se aplicará una alícuota de 2,5%, desde la entrada en vigencia hasta el 31 de marzo de 2023. Subriá al 5%, desde el 1º de abril de 2023 hasta el 30 de junio de 2023 y luego al 7,5%, desde el 1º de julio de 2023 hasta el 30 de septiembre de 2023.

En caso de que no exista repatriación se duplicarán las alícuotas para los bienes del exterior. Aún no está claro cuál es el monto mínimo a repatriar para acceder a la alícuota diferencial, que será determinado en la ley de reglamentación.

Además, se establece un régimen simplificado con una alícuota especial del 1,5% aplicable a personas humanas que exterioricen tenencia de moneda nacional y/o extranjera pero el monto no deberá superar el 35% de los ingresos anuales promedio de los últimos tres períodos fiscales, con tope de hasta US$ 50.000.

Quedan fuera del régimen simplificado aquellas personas alcanzadas por el Aporte Solidario, conocido como Impuesto a la Riqueza. que se aplicó a personas con patrimonio superior a los $ 200 millones.

Es importante aclarar que en el marco del proyecto de blanqueo de capitales se libera a los sujetos comprendidos de "toda acción civil, comercial, penal tributaria, penal cambiario, penal aduanera e infracciones administrativas que pudieran corresponder por los bienes declarados".

Además, quienes no hayan declarado esos bienes quedan liberados del Impuesto a las Ganancias, Impuestos Internos y al Valor Agregado, Impuestos Sobre los Bienes Personales y de la contribución especial de cooperativas.

Y se mantiene la figura del colaborador, el que podrá percibir un monto de hasta el 20% del total de lo efectivamente recaudado, producto de la esa colaboración con el organismo recaudador.