Aporte Solidario

Por qué el impuesto a la riqueza no tendrá versión 2022

Pese a que el ala politica más radicalizada del oficialismo pensaba en replicar la experiencia, el Ejecutivo la descartó. Se reconoce que subir impuesto no es buena señal en campaña y se tema por la inconstitucionalidad si se repitiera el próximo año.

Carlos Burgueño
Carlos Burgueño miércoles, 25 de agosto de 2021 · 08:03 hs
Por qué el impuesto a la riqueza no tendrá versión 2022
Foto: ALF PONCE MERCADO / MDZ

El Aporte Solidario y Extraordinario de las grandes fortunas, conocido como impuesto a la riqueza no tendrá una versión 2022. Así lo decidió el Gobierno nacional, atendiendo que, en campaña, cualquier indicio de incremento de la presión tributaria es "piantavotos"; aunque se trate de una presión a los ricos. Lo comprobó hace unos días la candidata albertista para la provincia de Buenos Aires, Victoria Tolosa Paz, quien en sus primeros pasos como propuso una aparentemente popular (y poco estudiado) impuesto a las grandes empresas.

Las primeras proyecciones sobre la idea fueron altamente negativas, ante un electorado saturado de impuestos y solidario con los potenciales nuevos objetos de presión impositiva. Ante el panorama, se decidió en los altos comandos políticos y económicos que trabajan en la campaña, archivar la alternativa de reiterar el tributo a las grandes fortunas que en el primer semestre del año le permitió al Gobierno recaudar unos $233.000 millones de pesos; y aportar dinero fresco para que la meta fiscal muestre un desequilibrio controlable de 0,5% entre enero y junio de este año.

Pese a que el resultado fue bueno, y que finalmente se calcula que más del 70% de los contribuyentes que debían cumplir con el impuesto lo hicieron; se resolvió que no haya versión para el próximo ejercicio del tributo. Serán muchos los políticos del oficialismo, los que mascullarán bronca por la decisión oficial. Varios de los militantes más radicalizados de la coalición gobernante, muchos de los cuales son legisladores en la actualidad, se relamían con la alternativa de replicar en el 2022 un impuesto ideológicamente apetecible para una parte de la clase política antiempresa. Sin embargo, la rama más racional y seria del oficialismo descartó la alternativa.

Además de la justificación política, dentro del Gobierno se reconoció un problema legal insalvable. Los impulsores legislativos del tributo siempre defendieron la iniciativa asegurando que no se trata de un impuesto sino de un aporte especial y justificado por la pandemia mundial. Y que al ser una medida especialmente diseñada para el 2021 y para conseguir fondos para políticas específicas contra las consecuencias del covid; no puede considerarse un impuesto. Y, en consecuencia, no regiría la máxima de la prohibición de la doble imposición que ampara a los contribuyentes de todo el mundo.

En el caso del aporte a las grandes fortunas, el pago de los afectados se debió calcular sobre la base de la declaración jurada del impuesto a los Bienes Personales; con lo que si fuera considerado un tributo chocaría contra este último y sería, en consecuencia, ilegal. Este es de hecho el reclamo que muchas de las personas físicas que se presentaron en los tribunales para pedir la inconstitucionalidad de la norma, presentaron como argumento principal.

Ningún juez se expidió hasta ahora sobre el fondo de la cuestión, y se espera que esto demande un tiempo más. Probablemente no se llegue al 2022 y haya que aguardar hasta el 2023 para conocer algún fallo de primera instancia, que obligatoriamente tendrá que ser apelado por la AFIP. Todas las partes saben que la constitucionalidad o no del aporte a las grandes fortunas será una cuestión que en algún momento deberá resolver la Corte Suprema de Justicia; lo que demandará años. Pero se teme desde el oficialismo que una segunda versión le daría más argumentos a los contribuyentes afectados para justificar sus reclamos ante la posible doble imposición con Bienes Personales. Y si un juez dictara alguna medida de amparo hacia los privados, definiendo como impuesto al aporte; la AFIP podría perder lo recaudado este año.

El aporte se calcula sobre la base de una tasa de los patrimonios de las personas físicas que hayan declarado hasta la fecha de la promulgación de la ley más de $200 millones. Según la ley, la recaudación de ese aporte se destinará en un 20% a la compra y/o elaboración de equipamiento e insumos críticos para la emergencia sanitaria, 20% a las pymes, 15% a los programas para el desarrollo de los barrios populares, 20% a becas al programa integral de becas Progresar y 25% a programas de exploración y desarrollo de gas natural, a través de Enarsa, según establece el proyecto.

Se fijó además que la tasa se eleve al 2,25% en casos de fortunas entre $300 y $400 millones y al 2,75% en la franja de $600 a $800 millones. Subirá luego al 3% cuando los patrimonios oscilen entre $800 y $1.500 millones, al 3,25% para fortunas de $1.500 millones a $3.000 millones y, a partir de esa cifra, será del 3,5%. El total de bienes en el exterior se tributaron un recargo del 50% sobre la alícuota que le correspondiera, pero si la persona trae el 30% de las tenencias financieras que tiene declaradas afuera, el diferencial se elimina y paga por todo como si lo tuviera en el país.

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