Programa de Asistencia de Emergencia

Abren la asistencia económica de emergencia para empresas de servicios esenciales

El Gobierno nacional aprobó una modificación al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción que permite a las empresas de rubros considerados "esenciales" durante la cuarentena obligatoria, a ser incluidas en los beneficios que ofrecen estas medidas.

Nicolás Munilla
Nicolás Munilla martes, 7 de abril de 2020 · 01:01 hs
Abren la asistencia económica de emergencia para empresas de servicios esenciales
Foto: Télam

El Gobierno nacional aprobó una modificación al Programa de Emergencia al Trabajo y la Producción que permite a las empresas de rubros considerados "esenciales" durante la cuarentena obligatoria que rige en el país durante la pandemia de coronavirus, a ser incluidas en los beneficios que ofrecen estas medidas, previa aprobación por parte de un nuevo comité de evaluación integrado por varios ministros.

El Programa de Emergencia al Trabajo y la Producción fue creado la semana pasada mediante el Decreto 332/20 firmado por el presidente Alberto Fernández, y que permite al Estado brindar asistencia económica a las empresas y los trabajadores afectados por las medidas de aislamiento social vigentes desde el 20 de marzo pasado. Los principales ejes de la normativa corresponden al pago de una parte del salario, reducción de los aportes patronales, la aplicación del programa Repro para las que superen esa cantidad y sanciones de seguro de desempleo. Además, las empresas no podrán despedir sin un justificativo a sus trabajadores.

Un nuevo decreto firmado por el mandatario y sus ministros establece la creación del Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción que, entre otras funciones, tiene la facultad de "definir, con base en criterios técnicos, los hechos relevantes que justifiquen la inclusión de los sujetos beneficiarios en los criterios" del programa de asistencia, a la vez que puede "dictaminar, con base en criterios técnicos, respecto de los pedidos específicos que requieran un tratamiento singular y recomendar o desaconsejar su inclusión" en el programa.

En ese sentido, esta normativa modifica el artículo 4 del Decreto 332/20 y si bien mantiene las excepciones para los beneficios del Programa a las empresas que realizan actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia sanitaria y cuyo personal haya sido exceptuado del cumplimiento del aislamiento social preventivo y obligatorio, permite la posibilidad de incluirlas en caso de haberse visto severamente afectadas en su funcionamiento, solo con la autorización del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, previa recomendación del Comité

"Sin perjuicio de ello, y atendiendo a especiales circunstancias que hubieran provocado alto impacto negativo en el desarrollo de su actividad o servicio, los referidos sujetos podrán presentar la solicitud para ser alcanzados por los beneficios previstos en el presente decreto, y el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, previo dictamen del COMITÉ DE EVALUACIÓN Y MONITOREO DEL PROGRAMA DE ASISTENCIA DE EMERGENCIA AL TRABAJO Y LA PRODUCCIÓN fundamentado en criterios técnicos, podrá aceptar o negar tales pedidos", es el añadido al artículo 4 del decreto.

Cabe mencionar que el nuevo comité de evaluación estará integrado por los ministros de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas; de Economía, Martín Guzmán; y de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Claudio Moroni, junto con la titular de la AFIP, Mercedes Marcó Del Pont.

 
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