La Nación declaró la emergencia agropecuaria en Mendoza
El Ministerio de Agroindustria de la Nación declaró la emergencia y/o desastre agropecuario para distintas producciones en la provincia de Mendoza. En la resolución 142/2016 publicada en el boletín oficial de hoy, se establecen los distritos para los que regirá la emergencia en el período comprendido entre el 11 de septiembre de 2015 y el 31 de marzo de 2017.
El artículo 1 de la resolución indica que se declara en estado de emergencia y/o desastre agropecuario a las explotaciones agropecuarias ubicadas en zonas bajo riego afectadas por efecto de las heladas, granizadas e intensas precipitaciones debidas al fenómeno “El Niño” ocurridas durante el período agrícola 2015/2016.
Los departamentos y distritos incluidos son:
Guaymallén: Los Corralitos; Las Heras: Panquehua;
Luján de Cuyo: El Carrizal, Luján, Mayor Drummond y Vistalba ;
Maipú: Barrancas, Coquimbito, Cruz de Piedra, Fray Luis Beltrán, Lunlunta, Rodeo del Medio y Russell;
Junín: Algarrobo Grande, Alto Verde, Junín, La Colonia, Los Barriales, Medrano, Mundo Nuevo, Phillips y Rodríguez Peña;
La Paz: La Paz y Las Chacritas;
Rivadavia: Andrade, El Mirador, La Central, La Libertad, Los Árboles, Los Campamentos, Medrano, Mundo Nuevo, Reducción, Rivadavia y Santa María de Oro;
San Martín: Alto Salvador, Alto Verde, Buen Orden, Chapanay, Chivilcoy, El Espino, El Ramblón, Las Chimbas, Montecaseros, Nueva California, Palmira, San Martín y Tres Porteñas;
Santa Rosa: 12 de Octubre, Santa Rosa, La Dormida y Las Catitas;
San Carlos: La Consulta y Villa San Carlos;
Tunuyán: Los Sauces, Villa Seca y Vista Flores, Colonia Las Rosas, El Totoral, La Primavera y Tunuyán;
Tupungato: Cordón del Plata, Gualtallary y San José;
General Alvear: Bowen, General Alvear y San Pedro del Atuel;
San Rafael: Cañada Seca, Cuadro Benegas, Cuadro Nacional, El Cerrito, Goudge, Jaime Prats, La Llave, Las Paredes, Monte Comán, Rama Caída, Real del Padre, San Rafael y Villa Atuel.
Para poder acceder a los beneficios -que incluyen prórrogas impositivas especiales y asistencia financiera mediante facilidades crediticias- los productores afectados deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos.
La ley 26.509 establece que se certificará como emergencia cuando se encuentre afectado al menos el 50% de la producción o capacidad productiva; mientras que se declarará como desastre cuando se encuentre afectado al menos el 80% de la producción o capacidad productiva.
El Gobierno Provincial remitirá a la Secretaría Técnica Ejecutiva de la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS el listado de los productores afectados, acompañando copia del certificado de emergencia emitido por la autoridad provincial competente.