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Celso Jaque llama a licitación pública para conseguir $100 millones

El Boletín Oficial de hoy, no deja lugar a dudas: el gobierno provincial está necesitado de fondos y llama a licitación pública al respecto, para conseguir 100 millones de pesos.
Foto: Nacho Gaffuri / MDZ
Foto: Nacho Gaffuri / MDZ
El Boletín Oficial de hoy, no deja lugar a dudas: el gobierno provincial está necesitado de fondos y llama a licitación pública al respecto, para conseguir 100 millones de pesos.

A través del Decreto 1.969, “en el ámbito de la Unidad de Financiamiento Internacional (U.F.I.), con intervención de la Dirección General de Compras y Suministros”, se autoriza “la contratación de un empréstito público, por un monto total de hasta pesos cien millones ($ 100.000.000,00), en el marco de lo dispuesto por el Artículo
83 de la Ley N° 8154”.

Visto el expediente N° 00252-U-2010-91304, por el cual se tramita el llamado a Licitación Pública para la contratación de un empréstito público, se argumentan los siguientes “considerandos”:

Que mediante el Artículo 83 de la Ley Nº 8154 –Presupuesto 2010-, incluido en el capítulo, V identificado como De las Normas Sobre Deudas, se autoriza al Poder
Ejecutivo a contraer un empréstito hasta el monto de la contrapartida, asociada a cualquier operación de crédíto público con autorización legislativa.

Que dichas operaciones de crédito público se encuentran en el ámbito de la Unidad de Financiamiento Internacional (U.F.I.) y que se ha estimado que las necesidades financieras por estos conceptos ascenderían a un monto global de hasta pesos cien millones ($ 100.000.000,00).

Que atento a la situación económica y financiera actual, se considera conveniente a los intereses, de la Provincia, convocar a los sectores especializados a que propongan las operaciones crediticias en el marco de lo dispuesto por la mencionada norma legal indicada en el primer considerando.

Que la autorización legislativa también alcanza a la afectación de los Recursos Provinciales individualizados en el Artículo 70 de la Ley N° 8154 y que en este caso se ha estimado garantizar la operación, en caso de no pago en forma directa por parte de la Provincia, con la afectación de los Recursos del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos. Que teniendo en cuenta la vigencia de la Ley Nº 25.917 -Ley de Responsabilidad Fiscal Nacional a la cual se encuentra adherida la Provincia mediante Ley Nº 7314, la presente operación de crédito una vez adjudicada debe ser autorizada por la Secretaría de Hacienda de la Nación.

Que de acuerdo con lo informado por el Director General de la Deuda Pública y la Directora Administrativa, Financiera, Contable y Legal de la Unidad de Financiamiento
Internacional (U.F.I.) a fs. 63 y vta. del expediente de referencia, dicha contratación compromete presupuesto de ejercicios futuros, por lo que deberá considerarse incluido en las excepciones del Artículo 17, inciso a) de la Ley de Contabilidad.

Por ello; atento lo dictaminado por el Área de Legales de la Unidad de Financiamiento Internacional (U.F.I.) y por la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Hacienda a fs. 71/73, por Asesoría de Gobierno a fs. 75 y vta. y por Fiscalía de Estado a fs. 76, todas del expediente N° 00252-U-10-91304, el Gobernador de la provincia
decreta:

Artículo 1º - Llámese a Licitación Pública en el ámbito de la Unidad de Financiamiento Internacional (U.F.I.), con intervención de la Dirección General de Compras y Suministros, para la contratación de un empréstito público, por un monto total de hasta pesos cien millones ($ 100.000.000,00), en el marco de lo dispuesto por el Artículo
83 de la Ley N° 8154.

Artículo 2º - Apruébense los Pliegos de Condiciones Generales y Particulares, los que regirán el proceso de Licitación Pública convocado por el artículo precedente, los que como Anexo, forman parte del presente decreto.

Artículo 3º - Constitúyase la Comisión de Preadjudicación para la licitación convocada en el Artículo 1° del presente decreto, la cual estará integrada por los siguientes miembros:

Lic. Carlos Alberto Gurruchaga, D.N.I. Nº 18.348.892.

Lic. Pablo Alberto Frigole, D.N.I. Nº 24.996.584.

Dr. Aldo Gustavo Mantineo, D.N.I. Nº 21.373.911.

Dr. Luis David Javier Cherubini, D.N.I. Nº 17.640.489.

Cdor. Alberto Cesar Rojas, D.N.I. Nº 11.827.453.

Cdora. Maria F. Rubio, D.N.I. 12.799.026.

Artículo 4º - La Comisión de Preadjudicación tendrá las facultades y competencias establecidas en los Pliegos de Condiciones Generales y Particulares que como Anexo, forman parte de la presente norma legal. Podrá deliberar válidamente cuando reúna un quórum de mayoría absoluta de sus miembros (4 miembros).

Las decisiones y dictámenes de la Comisión serán válidos cuando fueren aprobados por la mayoría absoluta de los miembros presentes.

Artículo 5º - Autorícese a la Unidad de Financiamiento Internacional (U.F.I.) a imputar los intereses correspondientes en ejercicios futuros, aclarando que para el ejercicio 2010 el importe máximo de dichos intereses asciende a la suma de pesos un millón  cuatrocientos ochenta y nueve mil setecientos veintiséis con tres centavos (1.489.726,03), que será atendida con cargo a la Cuenta General:

Q96322 42200 000 U.G.E. Q00015.

Artículo 6º - Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

Celso Alejandro Jaque
Adrián H. Cerroni