Las industrias que inviertan en Mendoza tendrán doble beneficio fiscal
Si se pone en marcha el régimen de Promoción Industrial, las empresas que se instalen en la provincia o amplíen su capacidad productiva podrán sumar los beneficios de la ley 8.019 que otorga un crédito fiscal de hasta el 30% de la inversión.
Se empiezan a conocer los detalles del nuevo sistema impositivo que regirá en los próximos 15 años en Mendoza.
Mendoza su apresta a recuperar el terreno perdido en materia de inversiones, para ello a la buena noticia de la inclusión de la provincia en el polémico régimen de promoción industrial se suma el hecho de que se pueden juntar estos beneficios con los que ofrece la ley 8.019. Así, las industrias que apuesten por Mendoza, ya sea instalándose en los departamentos promocionados o ampliando su capacidad productiva en el caso de las que ya están radicadas aquí, podrán no sólo gozar de exenciones en el pago de impuestos nacionales como IVA y Ganancias sino que también dejarán de pagar tributos provinciales como Ingresos Brutos, Sellos, Inmobiliario y Automotor.
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“La inclusión de Mendoza en el régimen de Promoción Industrial es un éxito y es una gran oportunidad para atraer inversiones productiva”, señaló Adolfo Trípodi, presiente de la Federación Económica de Mendoza (FEM) y uno de los dirigentes empresarios que participó de las negociaciones que llevó a cabo la provincia durante cuatro meses con la Nación.
Según lo confirmó el ministro de la Producción, Raúl Mercau, podrán gozar del doble beneficio (nacional y provincial) todas las empresas que se radiquen en los siete municipios que tendrán la promoción (Las Heras, General Alvear, Lavalle, Malargüe, San Rafael, La Paz y Santa Rosa) y las industrias ya instaladas en el resto del territorio provincial que decidan ampliar su capacidad productiva contratando más personal, siempre y cuando se dediquen a la elaboración de aceite de oliva; de aceite de uva; de conservas de durazno; de aceitunas; de ciruela con o sin carozo, deshidratadas o desecadas; y de damascos secos o desecados. También contempla a la industria textil y al sector de la metalmecánica con la fabricación de maquinarias para la elaboración de alimentos y bebidas y de partes, piezas y accesorios para automotores y motores.
Con la Promoción Industrial las empresas beneficiadas podrán tomar hasta el 40% de la masa salarial a cuenta del pago de IVA y Ganancias durante los 15 años que, según se anunció, durará el beneficio acordado entre Mendoza y la Nación.
En paralelo, las industrias podrán adherirse a los beneficios de la ley 8019 de promoción del empleo y atracción de inversiones.
En paralelo, las industrias podrán adherirse a los beneficios de la ley 8019 de promoción del empleo y atracción de inversiones.
En el primer caso, se prevé que los contribuyentes de Ingresos Brutos que incorporen personal durante el período fiscal propuesto tendrán un crédito fiscal intransferible para ser utilizado en hasta 5 años siempre que no produzca despidos colectivos o suspensiones masivas sin causa justificada.
En el caso del régimen de atracción de inversiones, los contribuyentes que adhieran quedarán exentos por 10 años del pago de Ingresos Brutos, Sellos e Inmobiliario por los bienes afectados a la actividad, gozando de estabilidad fiscal por el término de 10 años o hasta la vigencia de la Ley.
Mientras que en el caso de los nuevos emprendimientos productivos, se establece un crédito fiscal intransferible de hasta un 30% de la inversión total, que podrá ser aplicado al pago de Ingresos Brutos, Inmobiliario, Automotor y Sellos, gozando de estabilidad fiscal por el término de 10 años o hasta la vigencia de la Ley.
“Mendoza cuenta con instrumentos para el apalancamiento de la inversión productiva y la generación de empleo”, sintetizó Mercau.
En el caso del régimen de atracción de inversiones, los contribuyentes que adhieran quedarán exentos por 10 años del pago de Ingresos Brutos, Sellos e Inmobiliario por los bienes afectados a la actividad, gozando de estabilidad fiscal por el término de 10 años o hasta la vigencia de la Ley.
Mientras que en el caso de los nuevos emprendimientos productivos, se establece un crédito fiscal intransferible de hasta un 30% de la inversión total, que podrá ser aplicado al pago de Ingresos Brutos, Inmobiliario, Automotor y Sellos, gozando de estabilidad fiscal por el término de 10 años o hasta la vigencia de la Ley.
“Mendoza cuenta con instrumentos para el apalancamiento de la inversión productiva y la generación de empleo”, sintetizó Mercau.

