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Afip ya exige foto, huella digital y firma
Entró en vigencia la norma para particulares y directores o representantes legales de empresas. Quienes se encuentren inscriptos ante el fisco deberán reempadronarse. Serán dados de baja los que no realicen el trámite.
Las normativa por la que la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) exije a los nuevos contribuyentes la foto, la huella dactilar y la firma digital entró en vigencia hoy.
El domingo venció el plazo de 30 días corridos establecido por el organismo a cargo de Ricardo Echegaray a fin de comenzar a implementar las renovadas exigencias. Complementariamente, también se exige el escaneo del documento de identidad.
La medida alcanza a las más de 7 millones Claves Únicas de Identificación Tributarias (CUIT) vigentes y está previsto, a estos fines, un esquema escalonado de reempadronamiento, publica el sitio iProfesional.com
Los contribuyentes que no actualicen sus datos dentro del plazo otorgado por la AFIP serán dados de baja. “El trámite debe ser realizado personalmente por las personas físicas y los representantes de las personas jurídicas”, adelantó oportunamente el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, al presentar en sociedad la nueva avanzada.
Esto no implica que los contribuyentes deban cancelar previamente el pago de deudas para el reempadronamiento. La metodología tampoco será usada para control.
La reglamentación, puesta en marcha por la resolución general 2811, establece "procedimientos de identificación y registro a través del uso de dispositivos que permiten la digitalización de la fotografía, la firma, la huella dactilar y la imagen reproducida del documento nacional de identidad".
Una vez confirmado el número de CUIT, los contribuyentes tendrán que declarar las actividades económicas realizadas, y requerir el alta en los respectivos impuestos.
Fuente: iProfesional.com
La reglamentación, puesta en marcha por la resolución general 2811, establece "procedimientos de identificación y registro a través del uso de dispositivos que permiten la digitalización de la fotografía, la firma, la huella dactilar y la imagen reproducida del documento nacional de identidad".
Una vez confirmado el número de CUIT, los contribuyentes tendrán que declarar las actividades económicas realizadas, y requerir el alta en los respectivos impuestos.
Fuente: iProfesional.com