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¿Pagás alumbrado en tu factura eléctrica? La ley ya lo prohíbe

Aunque el ENRE dispuso la eliminación de los cargos ajenos en las facturas eléctricas, en Mendoza aún se mantienen recargos que pueden llegar al 40% del total y que diluyen el impacto de los subsidios nacionales.

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ALF PONCE MERCADO / MDZ

El 8 de octubre de 2024, el ENRE eliminó los cargos ajenos en las facturas de Edenor y Edesur aplicando la Resolución 267/2024. En Mendoza, esa misma norma ya está vigente tras el vencimiento de la cautelar. Sin embargo, los cargos indebidos todavía representan hasta un 40% del valor de la boleta y terminan absorbiendo los subsidios nacionales destinados a las familias de bajos ingresos.

El punto de inflexión: Buenos Aires limpia las facturas

El 8 de octubre de 2024 resolución 708/2, el ENRE resolvió que Edenor y Edesur no podían seguir cobrando tasas municipales en la factura eléctrica. La medida se apoyó en la Resolución 267/2024, publicada el 11 de octubre de 2024, que prohíbe incluir “cargos ajenos” en las boletas de servicios.

El resultado fue inmediato: en el área metropolitana, la boleta de luz se depuró, no obstante que algunos municipios lograran cautelares los demás están cumpliendo y el usuario sabe exactamente qué paga.

Qué pasa en Mendoza

En Mendoza, la historia fue más lenta. Aunque la 267/2024 rige en todo el país, el Gobierno provincial consiguió una cautelar que suspendió las sanciones contra las distribuidoras. Durante ese tiempo, las empresas siguieron cobrando tasas como el alumbrado público dentro de la factura eléctrica.

Ese freno venció el 15 de julio de 2025. Desde entonces, la norma volvió a estar vigente en forma plena: las distribuidoras ya no tienen excusas para mantener cargos ajenos.

La magnitud del problema

Los cargos extra en la boleta no son simbólicos: en muchos casos equivalen a casi el 40% del valor de la factura.

Esto genera una paradoja difícil de justificar:

  • El Estado Nacional subsidia a las familias de bajos ingresos para que puedan afrontar el costo de la energía.
  • Sin embargo, gran parte de ese beneficio se diluye porque las distribuidoras incluyen tasas municipales y conceptos ajenos que absorben el subsidio.

El resultado es perverso: el usuario vulnerable, en lugar de ver reducido su gasto energético, termina financiando tasas locales a través de un esquema que contradice la finalidad del subsidio nacional.

El marco legal

La Ley 24.240 obliga a que toda facturación sea clara, veraz y acorde al servicio contratado. La 267/2024 lo refuerza prohibiendo expresamente los cargos ajenos.

Incluir conceptos como alumbrado público dentro de la boleta eléctrica no solo es ilegal, sino que además vulnera el derecho al trato digno y a la información transparente.

Boleta

El rol activo del usuario

Con la cautelar vencida, los usuarios mendocinos tienen la llave para hacer cumplir la ley. Si la distribuidora sigue cobrando cargos indebidos, corresponde denunciar:

  • Correo: [email protected]
  • Adjuntar: copia de la factura y datos del titular.
  • Texto sugerido:

Denuncio la inclusión de un cargo ajeno al servicio eléctrico en mi factura, en infracción a la Resolución 267/2024 y a la Ley 24.240. Solicito apertura de sumario, sanción a la distribuidora y reintegro de lo indebidamente cobrado.

Un antes y un después en la transparencia

La experiencia de Buenos Aires demuestra que se puede tener boletas limpias y claras. En Mendoza, la ley ya está vigente y la contradicción es evidente: no tiene sentido que el Estado subsidie a los más pobres para que las tasas municipales escondidas en la factura les devoren el beneficio.

La factura eléctrica debe reflejar solo el servicio contratado. Lo contrario no es solo una infracción legal: es un atropello a la política social y a la lógica más básica de protección al consumidor.